Micelio

auto — Tribunal Superior de Pasto

Radicado: 05. Auto admisorio 2023-00015-02 (041)

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA UNITARIA LABORAL ORDINARIO LABORAL No. 528383103001-2023-00015-02 (041) CARLOS HUMBERTO MENESES vs SHERMAN PATRICIO REVELO YEPEZ. APELACIÓN DE AUTO San Juan de Pasto, veinticuatro (24) de junio de dos mil veintiséis (2026) Se admite recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante CARLOS HUMBERTO MENESES, frente al auto proferido por el Juzgado Civil del Circuito de Túquerres el 20 de enero de 2026, que negó la prueba y el decreto de la medida cautelar del artículo 85A del C.P.T. y S.S. Ejecutoriada la presente decisión se correrá traslado conjunto a las partes por el término de cinco (5) días, para que las partes presenten alegatos escritos, según lo reglado en el numeral 2º del artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

Con fundamento en el artículo 40 del C.P.T., se sugiere a los apoderados de las partes, que, en el evento de hacer uso de la facultad de alegar, los mismos no se extiendan a más de 10 folios en letra Arial tamaño 14. Se advierte a las partes que es imperativo cumplir con lo dispuesto en los artículos 3º de la Ley 2213 de 2022. y 78 del C.G.P., remitiendo simultáneamente a los demás sujetos procesales, vía electrónica, un ejemplar del escrito de alegatos que radiquen ante esta Sala, allegando además, la respectiva constancia de envío.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS EDUARDO ÁNGEL ALFARO Magistrado Ponente Sin necesidad de firma - Artículo 2° inciso 2º Ley 2213 de 2022 RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO SALA LABORAL HOY 01 DE JULIO DE 2026 NOTIFICO LA ANTERIOR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRÓNICOS OSWALDO GIOVANNI CHAPID CHAPID SECRETARIO