Micelio

auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO ADMITE - CESACIÓN EFECTOS CIVILES 2023-00005-03

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL San Gil, trece (13) de marzo del dos mil veintiséis (2026). REF: CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO CATÓLICO DTE: MARIA PAULINA GÓMEZ VELANDIA RAD: 68-755-3184-001-2023-00005-03. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del CGP, en concordancia con el Art. 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el “efecto suspensivo”, la apelación interpuesta por el apoderado de la demandante contra la sentencia de fecha once (11) de diciembre de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Socorro, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, los recurrentes deberán sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, POR ESCRITO, al seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co., correo so electrónico pena de ser declarado desierto.

Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término a la parte o sujetos no recurrentes, para que igualmente se pronuncien AUTO DE TRÁMITE FR- 2023-00005-03 también POR ESCRITO. Visto el oficio en PDF No. 7 de la Carpeta del Tribunal y cumplidas las exigencias de los incisos 1º del artículo 76 del C.G.P., téngase por revocado el poder conferido al doctor Hugo Armando Ruiz Plata y se reconoce personería jurídica para actuar como apoderado de la demandante Alejandra Hernández Cárdenas, al profesional del derecho Pedro David Rodríguez Cortes identificado con CC 91.237.102 y portador de la TP No. 203.880 del CS de la J, en los términos y para los efectos en que fue conferido el poder visible en folio 3 del PDF No. 7 de la CT.

Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para si es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente. Notifíquese El Magistrado, Javier González Serrano AUTO DE TRÁMITE FR- 2023-00005-03 Firmado Por: Javier Gonzalez Serrano Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 51b4e7819a6f60ea2093826e5709d5dd0449861633cd71360ba9565aa010ff8b Documento generado en 13/03/2026 06:01:41 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica AUTO DE TRÁMITE FR- 2023-00005-03