RAD. 47.001.22.13.000.2023.00140.00 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA QUINTA DE DECISIÓN CIVIL - FAMILIA Santa Marta, dos de mayo de dos mil veinticuatro. Previo reparto, fue asignado a este despacho la sustanciación del recurso extraordinario de revisión promovido por Olmedo Gregorio y Jaider Alexander Romo Moreno y Raúl Humberto Moreno Vega, en contra de la sentencia emitida por el Juzgado Cuarto de Familia de Santa Marta, el 28 de marzo de 2022, al interior del proceso de sucesión de María Del Carmen Vega de Moreno y Pedro Septimio Moreno Olivares, seguido por Edys Cecilia Moreno de Maestre, Alida Rosa, Nelly María y María Teresa Moreno Vega, Derian Moreno, Septimio Moreno y identificado con José Gregorio el Herrera radicado No. 47.001.31.60.004.2020.00109.00.
Sin embargo, auscultada la actuación se advierte que la demanda no cumple con el lleno de los requisitos para su admisión. En efecto, se observan las siguientes irregularidades: i) No se indicó la fecha de la inscripción de la sentencia en el respectivo registro público, ni se aportaron los folios de matrícula inmobiliaria de los inmuebles mencionados en la demanda, identificados con los Nos. 080-148394 y 080- 86989 (Art. 356 ibídem).
RAD. 47.001.22.13.000.2023.00140.00 2 ii) Tampoco se anunció si dentro del curso del proceso se elevó alguna solicitud de invalidez, teniendo en cuenta que la causal señalada se refiere a actuaciones que eventualmente podrían acarrear una nulidad procesal, y, de ser así, deberá precisarse cuál fue el resultado (Artículo 355). Ante ese panorama, se inadmitirá la demanda, y se concederá a la parte recurrente el término de cinco (5) días para que subsane los defectos advertidos, tal como lo estipula el inciso segundo del artículo 358 del Estatuto Procesal, so pena de su rechazo.
Por lo expuesto, se
RESUELVE
PRIMERO: INADMITIR la demanda de revisión promovida por Olmedo Gregorio y Jaider Alexander Romo Moreno y Raúl Humberto Moreno Vega, en contra de la sentencia emitida por el Juzgado Cuarto de Familia de Santa Marta, el 28 de marzo de 2022, al interior del proceso de de sucesión de María Del Carmen Vega de Moreno y Pedro Septimio Moreno Olivares, seguido por Edys Cecilia Moreno de Maestre, Alida Rosa, Nelly María y María Teresa Moreno Vega, Derian Moreno, Septimio Moreno identificado con y José el Gregorio radicado Herrera No. 47.001.31.60.004.2020.00109.00, de acuerdo con lo indicado en la parte motiva de esta decisión.
SEGUNDO: CONCEDER al extremo activo el término de cinco (5) días para que subsane los defectos advertidos, tal como lo estipula el inciso segundo del artículo 358 del C.G. del P., so pena de que se rechace la demanda. RAD. 47.001.22.13.000.2023.00140.00 3 TERCERO: Reconocer al doctor Hugo Darío Cantillo González como apoderado de los recurrentes, en los términos y para los efectos del poder conferido.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CRISTIAN SALOMÓN XIQUES ROMERO Magistrado Firmado Por: Cristian Salomon Xiques Romero Magistrado Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1f7c993899ebbdf6ecdc8844ed2ea6688535bc125f9137ab34a6fd7f06b67ae1 Documento generado en 02/05/2024 09:44:01 a. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica