Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 001-2022-89614-01 DRA GONZALEZ AUTO LEVANTA SUSPENSION-PONE EN CONOCIMIENTO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., diez (10) de abril de dos mil veinticinco (2025). Expediente No. 11001-31-99-001-2022-89614-01 Demandante: AGROCAMPO S.A.S. Demandado: ROBERTO ANTONIO FERIS OQUENDO Para todos los efectos legales a que haya lugar, téngase en cuenta que el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina resolvió “consignar la presente interpretación prejudicial para ser aplicada por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de la República de Colombia al resolver el proceso interno 11001319900120228961401, la cual deberá adoptarla – remitiéndose asimismo a los criterios jurídicos interpretativos que constituyen actos aclarados indicados en la presente providencia – al emitir el correspondiente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en concordancia con el artículo 127 de su Estatuto”.

Además, ordenó “remitirse a los criterios jurídicos interpretativos contenidos en la sentencia de interpretación prejudicial emitida en el proceso 259-IP-2021 publicado en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 4373 del 9 de diciembre de 2021”1. En consecuencia, la Magistrada DISPONE:

PRIMERO: LEVANTAR la suspensión procesal que fue decretada en proveído del 11 de diciembre de 2023 y, en consecuencia, CONTINUAR con el trámite del asunto del epígrafe.

SEGUNDO: La interpretación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina se AGREGA a los autos y se PONE EN CONOCIMIENTO de las partes, para que, dentro del término de ejecutoria de este proveído, efectúen los pronunciamientos a que haya lugar y según lo consideren pertinente. 1 Archivo No. 21TribunalComunidadAndinaAllegaAuto.pdf.

TERCERO: En firme esta determinación, la Secretaría REINGRESE el expediente al despacho con el fin de proveer lo que corresponda. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA Firmado Por: Flor Margoth Gonzalez Florez Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 45aa8871370796082e3c85cd200deb5cd60e4f409bc73ceee592d606f248e0dc Documento generado en 10/04/2025 03:39:29 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica