REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MONTERÍA SALA CUARTA DE DECISIÓN CIVIL-FAMILIA-LABORAL Magistrado Ponente: Dr. CARMELO DEL CRISTO RUIZ VILLADIEGO Expediente Nº 23-001-22-14-000-2024-00150-00 Folio: 360-24 Montería, doce (12) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 86 de la Constitución Política; los Decretos 2591/91; 306/92; 1392/02, el despacho resuelve: 1.
ADMÍTASE la Acción de Tutela presentada por CESAR AUGUSTO PIÑA BECERRA, actuando a través de apoderada judicial, contra el CONSEJO SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN SECCIONAL DE JUDICIAL DE ADMINISTRACIÓN MONTERÍA JUDICIAL y DE MONTERÍA, representado legalmente. 2. VINCÚLESE al JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE MONTERÍACÓRDOBA, al presente trámite, para que se pronuncie sobre los hechos de la acción. 3.
Ténganse como pruebas y désele el valor legal hasta donde la ley lo permita, a los documentos anexos al escrito de tutela. 4. Por Secretaría, notifíquese por el medio más expedito a los accionados para que en un término no superior a dos (2) días informen en forma razonada sobre los hechos materia de la presente acción, ejerzan su derecho de defensa y aporten las pruebas que pretendan hacer valer, con la advertencia que el incumplimiento de lo aquí ordenado los hará incurrir en las sanciones previstas en el Dto. 2591/ 91.
En caso de no contarse con la dirección de alguna de las partes,
NOTIFÍQUESE POR ESTADO. De igual manera, infórmeseles que la no respuesta oportuna genera la presunción de veracidad, consagrada en el art. 20 del citado decreto. Entrégueseles copia de la Tutela 5. Notifíquese esta providencia a todas y cada una de las personas que puedan estar interesadas en el resultado de la presente acción de tutela. 6.
TÉNGASE a la Dra. MARISOL ELENA PIÑA HERNÁNDEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.067.891.693 y T.P. No. 257.494 como apoderada judicial de la parte accionante para los efectos conferidos en el poder. 7. La Secretaría de esta Corporación deberá certificar si sobre el asunto se surtió o se surte algún trámite ante esta Sala. 8.
En su oportunidad legal regrésese al despacho para proveer.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Carmelo Del Cristo Ruiz Villadiego Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 91473eebbb7deda6680e924e860e6f2502ba64eab870c8738a2ff509304a9147 Documento generado en 12/08/2024 03:28:58 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica