REPÚBLICA DE COLOMBIA Departamento Norte de Santander TRIBUNAL SUPERIOR Distrito Judicial de Cúcuta SALA CIVIL - FAMILIA Magistrado Sustanciador: Roberto Carlos Orozco Núñez Ref. Impug Paternidad Miguel Eduardo Durán Gómez y otra vs María Paula Durán Ortega. Rad 1 Inst. 544053110-001-2020-00324-01 Rad. 2 Inst. 2025-0219-01. San José de Cúcuta, Dieciocho (18) de Junio de dos mil veinticinco (2025) 1.- El despacho presidido por la Honorable Magistrada Ángela Giovanna Carreño Navas fue el escogido para la definición del recurso de apelación dirigido respecto de la sentencia adiada 4 de Marzo del año en curso, pronunciada por el Juez Segundo de Familia de Los Patios en el proceso de impugnación de paternidad iniciado por Karla Milena Durán Lizcano, Miguel Eduardo y María Camila Durán Gómez en contra de María Paula Durán Ortega.
Sin embargo, la nombrada funcionaria se declaró impedida para hacerse cargo del caso, invocando la causal prevista en el numeral 1 del artículo 141 del Código General del Proceso, que consideró pertinente en vista que su cónyuge es quien funge como apoderado de la parte demandada. Ante ello, resulta imperioso manifestar que debe dársele aceptación al impedimento expresado por la doctora Carreño Navas.
Y como el suscrito servidor es quien le sigue en el orden alfabético, desde luego asumirá el rol de sustanciador. En virtud de lo anterior se,
RESUELVE
1.- ACEPTAR EL IMPEDIMENTO formulado por la Honorable Magistrada Ángela Giovanna Carreño Navas, conforme a las motivaciones precedentes. En su lugar, el suscrito servidor asumirá como magistrado sustanciador del caso concreto. 2.- Una vez en firme el presente auto, vuelva el expediente al despacho del suscrito magistrado sustanciador para efectos de 2 PROCESO VERBAL-IMPUGNACION PATERNIDAD 2025-0219-01 surtir los trámites para la definición de este litigio en segundo grado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ROBERTO CARLOS OROZCO NÚÑEZ MAGISTRADO