Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: Recurso de reposición 13001310300620220036003

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

ASERTIVA- ASESORÍA JURÍDICA INTEGRAL SAS. Cartagena-Colombia Cel. 301-5264059 asertivaasesoria@gmail.com Renzo Alberto Franco Martelo Abogado. renzofranco.asertiva@gmail.com Cartagena, mayo 07 de 2025. RENZO ALBERTO FRANCO MARTELO, abogado titulado y en ejercicio, identificado con CC. No. 73.212.727 y portador de la TP. de A. No. 179.770 del Consejo Superior de la Judicatura, actuando en calidad de apoderado de la demandada, por medio de la presente, y estando dentro de la debida oportunidad procesal, INTERPONGO RECURSO DE REPOSICION, Y EN SUBSIDIO SUPLICA, en contra del auto de fecha 30 de abril de 2025, por medio del cual, el despacho, negó conceder el recurso de casación impetrado en contra la sentencia de segunda instancia, por tratarse de un proceso declarativo, en cuyas pretensiones no se persigue intereses económicos, aplicando el articulo 338 del código general del proceso, decisión que consideramos errada y el suscrito no comparte, pues del mismo tenor del artículo, se desprende que esa regulación sólo cobija para aquellos procesos cuyas pretensiones sean esencialmente económicas.

La anterior, distinción la ha sostenido la sala de casación civil, en varias providencias en las que ha desatado el tema, declarando procedente el recurso de casación, entre esas la sentencia SC1169-2022 de fecha 22 de abril de 2022, con ponencia del magistrado Álvaro Fernando García Restrepo, que resolvió recurso de casación en un caso similar al subjudice.

En razón de lo anterior, muy comedidamente solicito, se revoque la providencia de fecha 30 de abril de 2025, y en su lugar se conceda el recurso de casación impetrado. Atentamente. RENZO ALBERTO FRANCO MARTELO CC. No. 73.212.727 TP. DE A. No. 179.770 del C.S. de la J. asertiva-asesoria-juridica-integral.negocio.site www.linkedin.com/in/asertiva-asesoría-jurídica-integral Instagram: asertivaasesoria Página Referencia. Proceso Verbal de Impugnación de Decisiones.

Demandante: MYRIAM MONTOYA PINTO Demandado: COPROPIEDAD EDIFICIO EL CONQUISTADOR Radicado No. 13001-3103-006-2022-00360-03 1 Señores. SALA CIVIL -FAMILIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA E.S.D.