Radicación No: 730013105005-2017-00184-01 República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior del Distrito Judicial Ibagué Sala Cuarta de Decisión Laboral Ibagué, veinte (20) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Clase de proceso: Parte demandante: Parte demandada: Radicación: M. Sustanciador Ordinario Laboral Martha Cecilia Mendoza Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías – Protección S.A. y Otras 730013105005201700184-01 Jair Enrique Murillo Minotta Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 30 de julio de 2024 (SL2112-2024), no casó la sentencia recurrida, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto.
(Archivo 7 expediente electrónico actuaciones de la Corte). De otra parte, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el numeral tercero de la sentencia de segunda instancia proferida el 4 de agosto de 2020 (Archivo 14 expediente electrónico de segunda instancia), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 de Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
CÚMPLASE, JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado Firmado Por: Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c700631febdb365e1e7c1c1f317c5182711e63b90ffe1ddc5bd3b98c4ef88ea1 Documento generado en 20/09/2024 03:46:48 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica