Micelio

auto — Tribunal Superior de Tunja

Radicado: 2025-1078 - Admite

Sala: SALA CIVIL FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACÁ TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL – FAMILIA Ref.: Unión Marital de Hecho Rad. 1ª Inst. 15001-31-10-002-2025-00499-00 Rad. 2ª Inst. 15001-31-10-002-2025-00499-01 Rad. Int. 2025-1078 DEMANDANTE: MARÍA ADELAIDA DÍAZ GARCÍA DEMANDADO: JOSÉ FREI VARGAS GAMBOA Tunja, dieciséis (16) de enero de dos mil veintiséis (2026) Debido a que atiende los requisitos legales de los artículos 321 y 322 del C.G.P., se resuelve ADMITIR, en el efecto SUSPENSIVO, el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia del 30 de octubre de 2025, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE TUNJA.

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo (2º) del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se concederá a los recurrentes el término de cinco (5) días, contados a partir de la ejecutoria de la presente decisión, para que sustenten el recurso interpuesto contra la sentencia emitida en primera instancia, so pena de declararlo desierto.

El escrito deberá remitirse dentro del horario laboral establecido para este Distrito Judicial, esto es, de las 8 a.m. a 12 m y de las 1 p.m. a las 5 p.m., única y exclusivamente al correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil - Familia de este Tribunal: sscftstun@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE BERNARDO ARTURO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ Magistrado. Firmado Por: Bernardo Arturo Rodriguez Sanchez 1 Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 782e04ea6c136f0e46d7250e75e0c4077307164418145a1d82ce5936b475a3f2 Documento generado en 16/01/2026 10:26:38 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2