RADICADO INTERNO: 2024 - 0304 TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUCARAMANGA Sala Primera de Decisión Laboral ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ Magistrada Sustanciadora AOL – 170 Radicado único: 68001-31-05-006-2019-00430-03 Consecutivo: 2024-0304 Bucaramanga, veintitrés (23) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Viene del Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Bucaramanga, en apelación el auto proferido el 29 de enero de 2024, dentro del proceso ejecutivo laboral promovido por Nathaly González Casafus contra Ramiro Alarcón García. Siendo procedente el recurso impetrado por el ejecutado Ramiro Alarcón García, de conformidad con lo previsto en el numeral 7° del artículo 65 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 29 de la Ley 712 de 2001, se procederá a admitir la alzada referenciada, en consonancia con lo establecido en el canon 13 de la Ley 2213 de 2022.
Por consiguiente, se DISPONE: 1. ADMITIR la apelación del auto referenciado. RADICADO INTERNO: 2024 - 0304 2. Ejecutoriado el presente auto, por Secretaría, SURTIR EL TRASLADO a las partes para alegar, en los términos del numeral 2° del artículo 13 de la citada ley1. 3. Cumplido lo anterior, INGRESAR el proceso AL DESPACHO para proferir providencia escrita.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ 1 Artículo 13. “[…] 2. Cuando se trate de apelación de un auto se dará traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días y se resolverá el recurso por escrito. […]”. Firmado Por: Elvia Marina Acevedo Gonzalez Magistrada Sala 05 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6f653d539cd7fef72b8b2664114a0ba6db647bd59b2e63264700f0aab4b3c09c Documento generado en 23/05/2024 11:18:09 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica