Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05266310300220220016601 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, 27 de febrero de 2026 En el efecto SUSPENSIVO, se admite el recurso de apelación interpuesto por las partes, contra la sentencia proferida por el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE ENVIGADO, en el proceso Verbal instaurado por Janeth Barbosa Barbosa y Catalina González Barbosa, en contra de las sociedades “Grupo Monarca S.A.” y “Corficolombiana S.A.”, en su propio nombre “Patrimonio y Autónomo como vocera Fideicomiso y administradora Monteforte”.

Se del corre traslado a las recurrentes por el término de cinco (5) días, para que sustenten el recurso de apelación, únicamente sobre los reparos que oportunamente formularon contra la sentencia de primer grado y que son objeto del recurso de apelación, con la advertencia de que, el término concedido comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia. Vencido el traslado, en cuanto fuere menester, por la Secretaría se correrá traslado por igual término a la contraparte para que se pronuncie.

NOTIFÍQUESE LUIS ENRIQUE GIL MARÍN MAGISTRADO A.I. No.072 Rdo: 05266-31-03-002-2022-00166-00