República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D.C, diez (10) de febrero de dos mil veintiséis (2026) MAGISTRADO PONENTE: GAMAL MOHAMMAND OTHMAN ATSHAN RUBIANO RADICACIÓN: 11001310303520150047506 PROCESO: VERBAL DEMANDANTE: WILLIAM MALDONADO PARIS Y OTROS DEMANDADO: ECATHERINE FERRER MORA Y OTROS ASUNTO: RECURSO DE SÚPLICA Encontrándose las diligencias al despacho para resolver el recurso de súplica interpuesto por el señor apoderado de las demandantes Edilma y Beatriz Maldonado París contra el auto dictado el 7 de noviembre de la pasada anualidad proferido por la Magistrada Sustanciadora, se evidencia que el suscrito Magistrado no puede dilucidar la inconformidad planteada, toda vez que a partir del 1° de febrero de los corrientes se restablecieron las Salas de Decisión conforme a lo previsto en el inciso 2° del artículo 9 del Acuerdo No. PCSJA17-10715, por ello este funcionario ya no analiza decisiones con las doctoras Heney Velásquez Ortiz y Amanda Janneth Sánchez Tocora.
De ahí que se dispondrá la remisión del litigio al Magistrado que siga en turno, a fin de que adopte la decisión correspondiente. Con fundamento en lo anterior, se dispone: REMITIR el asunto al despacho del funcionario que siga en turno de la Magistrada Sustanciadora para lo pertinente. Hágase la anotación correspondiente, para el egreso del paginario.
NOTIFÍQUESE, Radicado N° 11001310303520150047506 de William Maldonado Paris y otros contra Ecatherine Ferrer Mora y otros GAMAL MOHAMMAND OTHMAN ATSHAN RUBIANO Magistrado 35 2015 00475 06 Firmado Por: Gamal Mohammand Othman Atshan Rubiano Magistrado Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4006d2bb63c7b06d95459c5117ca29c37a3202e5ba5bc2422546f5932b36f6f0 Documento generado en 10/02/2026 02:31:32 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2