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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 008AutoAvocaConocimiento

Sala: SALA EXTINCIÓN DE DOMINIO

Ponente: Freddy Miguel Joya Arg

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO Magistrado Ponente: FREDDY MIGUEL JOYA ARGÜELLO Radicado: 110012220000202500090 00. Accionante: Omar Fernando Valderruten Bueno. Accionado: Fiscalía 12 Especializada de Extinción de Dominio.

Asunto: Acción de Tutela de Primera Instancia. Decisión: Avoca tutela. Bogotá D.C., veintinueve (29) de abril de dos mil veinticinco (2025) El ciudadano OMAR FERNANDO VALDERRUTEN BUENO, a través de apoderada, instauró acción de tutela en contra de la Fiscalía 12 de Extinción de Domino, por la presunta vulneración de su derecho fundamental de debido proceso, acceso a la administración de justicia y principio de legalidad.

Sometido el asunto a reparto, fue asignado a este despacho según consta en acta n.° 179 de 28 de abril de 20251. Por tanto, advertida la aptitud jurídica de la Sala y los requisitos que para la tramitación de la acción constitucional establecen los artículos 19 y 37 del Decreto 2591 de 1991, se dispondrá la admisión de esta. En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado dispone: 1 Expediente tutela 110012220000202500090 00, archivo digital “006RepartoTutela”.

Acción de Tutela 110012220000202500090 00. Accionante: Omar Fernando Valderruten Bueno. Accionado: Fiscalía 12 Especializada de Extinción de Dominio. Asunto: Auto avoca tutela.

PRIMERO: AVOCAR la acción de tutela impetrada por el ciudadano OMAR FERNANDO VALDERRUTEN BUENO, a través de apoderada, contra la Fiscalía 12 Especializada de Extinción de Dominio, por la presunta vulneración de su derecho fundamental de debido proceso, acceso a la administración de justicia y principio de legalidad.

SEGUNDO: CORRER TRASLADO de la demanda de amparo y sus anexos a la accionada, para que dentro del término máximo de UN (1) DÍA siguiente a su notificación, ejerza el derecho de contradicción y defensa que le asiste, aportando los medios de prueba que considere necesarios para sustentar la información que suministre.

TERCERO: VINCULAR a esta acción constitucional a la Dirección Nacional de Fiscalías Especializadas de Extinción de Dominio y a las Fiscalías 7 Especializada de Extinción de Dominio2 y 1° delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá3, para que, si lo tienen a bien, ejerzan el derecho de contradicción y defensa, en el término perentorio de UN (01) DÍA, allegando los soportes probatorios que consideren pertinentes.

CUARTO: VINCULAR a las partes o terceros con interés en la acción de extinción del derecho de dominio que adelanta la Fiscalía 12 Especializada, dentro del expediente radicado 110016099068202200402, para que, si lo tienen a bien, ejerzan los derechos de contradicción y defensa, en el término perentorio de UN (1) DÍA, allegando los soportes probatorios que consideren pertinentes.

QUINTO: ORDENAR que se surta el trámite de notificación a través de la publicación del presente auto en la página web de la rama judicial, con el fin de enterar a las personas que puedan verse afectadas en el desarrollo de la demanda constitucional. 2 Expediente tutela 110012220000202500081 00, archivo digital “005.AutoAvocaTutela”. 3 Ibídem, archivo digital “012.AutoOrdenaVincular”.

Acción de Tutela 110012220000202500090 00. Accionante: Omar Fernando Valderruten Bueno. Accionado: Fiscalía 12 Especializada de Extinción de Dominio. Asunto: Auto avoca tutela.

SEXTO: Comuníquese lo aquí dispuesto, por el medio más expedito, y a través de la Secretaría de la Sala de Extinción del Derecho de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá, al accionante. CÚMPLASE (firma electrónica) FREDDY MIGUEL JOYA ARGÜELLO Magistrado Firmado Por: Freddy Miguel Joya Arguello Magistrado Sala 005 Penal Extinción De Dominio Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f7852e4cb67162af2c61004f4b0315c242e2fe3cbe7f95e76875f74f0d582a34 Documento generado en 29/04/2025 09:19:55 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica