Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: 2022-00023-01AdmiteApelación

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Ponente: Pablo Gerardo Ardila Velásquez

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ SALA CIVIL FAMILIA Ibagué, febrero once (11) de dos mil veinticinco (2025). Magistrado Ponente: PABLO GERARDO ARDILA VELÁSQUEZ. Proceso: Verbal Pertenencia con Demanda de Reconvención Demandante: Arnulfo Díaz Núñez Demandados: Edison Núñez Arias y otros Radicado: 73268-31-03-001-2022-00023-01 Encontrándose las diligencias para adelantar el trámite del recurso de apelación contra la sentencia de primer grado, el Despacho,

RESUELVE

1.- Con fundamento en lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 323 del Código General del Proceso, se ADMITE en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por los señores apoderados judiciales de los demandantes en reconvención y algunos de los demandados en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de El Espinal el 06 de diciembre de 2024. 2.- La Secretaria comunicará al Juzgado Primero Civil del Circuito de El Espinal la decisión aquí adoptada respecto al efecto en que fue concedido el recurso de apelación, en cumplimiento a lo dispuesto en inciso 6° del artículo 325 del Código General del Proceso.

NOTIFIQUESE. El Magistrado. PABLO GERARDO ARDILA VELÁSQUEZ Firma escaneada según Decreto 491 de 2020