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auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: Auto A y T Rad. 13001310500120180003501

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR SALA DE DECISIÓN LABORAL FIJA No. 2 Cartagena de Indias, D. T y C, Veinte (20) de febrero dos mil veintiséis (2026). Tipo de Proceso: Radicado: Demandante: Demandado: Ordinario Laboral (2ª instancia) 13001310500120180003501 JAVIER HEREDIA ESCALORA COLPENSIONES Magistrada Ponente Tema: CATALINA DEL CARMEN RAMIREZ VILLANUEVA Auto admite y corre traslado.

Admítanse el grado jurisdiccional de consulta y el recurso de apelación presentado por la parte demandante en contra de la sentencia de fecha treintaiuno (31) de octubre del dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado 1° Laboral del Circuito de Cartagena, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social (CPTSS), modificado por el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007.

Ejecutoriado este auto, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, inicia el traslado a las partes por el término común de cinco (5) días, para que presenten sus alegaciones por escrito si a bien lo tienen. Una vez cumplido lo anterior, en orden de evacuación de procesos (por fecha de reparto y por asunto) el Despacho emitirá la respectiva decisión de manera escrita.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CATALINA DEL CARMEN RAMIREZ VILLANUEVA Magistrado (a) Ponente Firmado Por: Catalina Del Carmen Ramirez Villanueva Magistrada Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b1acfe21bef69a404b673b458239f5255e81fc738a22eb4dc2b7e58bf6b81bdb Documento generado en 20/02/2026 10:03:52 AM REPÚBLICA DE COLOMBIA Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica