REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C. dieciocho (18) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 99 003 2022 01704 01. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Poner en conocimiento de las partes la respuesta brindada por parte de BBVA1, en repuesta al requerimiento hecho por esta magistratura en auto del 4 de marzo de 20252, a fin de que en el término de tres (3) días manifiesten lo que estimen pertinente.
Vencido el término aquí previsto, ingrese le proceso al despacho a fin de proveer lo que en derecho corresponde. Notifíquese y cúmplase, 1 Cfr. PDF 23 Cuaderno Tribunal. 2 Cfr. PDF 20 Cuaderno Tribunal. Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e6ca1224ad5b3c3a4f90af4a66eb0006b906a15e5ca0aaf41ddc630591e3bb13 Documento generado en 18/03/2025 04:11:28 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 7/3/25, 15:39 Correo: Laura Alejandra Velandia ?ieto - Outlook Outlook MEMORIAL DRA AYALA RV: [Ticket #AOU41EGLD] BBVA SEGUROS - Aura Inés Cerón Correa - C.C 51818725 Desde Secretaría 02 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> Fecha Vie 7/03/2025 14:54 Para 3 GRUPO CIVIL <3grupocivil@cendoj.ramajudicial.gov.co> 9 archivos adjuntos (3 MB) respuesta requerimiento - AURA INES CERON.pdf;
Certificado Existencia Vida.pdf; Copia Póliza Seguro Vida Deudor 0796.pdf; Copia Póliza Seguro Vida Deudor 1530.pdf; Certificación Seguro Vida Deudor 1530.pdf; Allega documentos requeridos.pdf; Certificación Seguro Vida Deudor 0796.pdf;
ORDENA OFICIAR 21.01.25.pdf; Auto requiere 5.3.25.pdf; MEMORIAL DRA AYALA Atentamente, De: danielaalejandra.lombana@bbva.com <danielaalejandra.lombana@bbva.com> En nombre de JUDICIALES SEGUROS – COLOMBIA (BZG16062) Enviado el: viernes, 7 de marzo de 2025 2:30 p. m. Para: Secretaría 02 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> CC: MD ABOGADOS SAS MD ABOGADOS SAS <myd.abogados.monica@hotmail.com>; aicecodu@yahoo.es; notifica.cobbva@bbva.com;
Carlos González <abogadobbva@luisavelasquezabogados.com.co> Asunto: Re: [Ticket #AOU41EGLD] BBVA SEGUROS - Aura Inés Cerón Correa - C.C 51818725 No suele recibir correo electrónico de judicialesseguros@bbva.com. Por qué es esto importante Bogotá D.C, 07 de marzo de 2025 Honorable Magistrada: Adriana Ayala Pulgarín Sala Civil Tribunal Superior del Distrito de Bogotá secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Ciudad Asunto: Referencia: Contesta requerimiento Clase proceso: Acción de protección al consumidor Radicado: 110013199003-2022-01704-01 Demandante: Aura Inés Cerón Correa Demandado: BBVA Seguros de Vida Colombia S.A. https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkAGM1NDgyODVjLWQ0ZWEtNDIxYS1iNjhhLTY3MDdkNWQwNjhjMwAQAPjOszOSGotNv%2FGqKT%2F… 1/6 7/3/25, 15:39 Correo: Laura Alejandra Velandia ?ieto - Outlook DANIELA ALEJANDRA LOMBANA BURBNAO, identificado como aparece al pie de mi firma, obrando en calidad de Representante Legal para asuntos Judiciales de BBVA Seguros de Vida Colombia S.A., por medio del presente escrito me permito dar repuesta al requerimiento que nos fuera efectuado por su despacho mediante auto del 04 de marzo de 2025, precisando lo siguiente: 1) Que según el procedimiento de comercialización de los seguros objeto de litigio, el potencial asegurado debe en primera medida suscribir el documento titulado como “Solicitud /certificado individual seguro de Vida Grupo Deudores”, en el cual declara su estado de riesgo, y así mismo y como su nombre lo indica, solicita que se le expida el seguro. 2) Que, una vez diligenciado el documento, el mismo se remite a la compañía para que se analice el riesgo a asumir, análisis que depende en gran medida de los padecimientos e información del estado del riesgo declarada por el potencial asegurado.
Así pues y si se evidencia (como en este caso) que el potencial asegurado no presenta padecimientos o enfermedades que revistan gravedad o que incidan en la tarifación del riesgo, se procede a expedir/formalizar el seguro, fecha que por lo general corresponde también, con el desembolso del crédito amparado. 3) Así pues y respondiendo el cuestionamiento del despacho, informamos que efectivamente la fecha de formalización de los seguros relacionado con las obligaciones No. ***** 5188 y ***** 0872, corresponde a la fecha en la que los mismos inician su vigencia. Nota: El presente memorial se copia a todas las partes cuya dirección electrónica se conoce, en cumplimiento de lo dispuesto en numeral 14 del artículo 78 del C.G.P. El mié, 5 mar 2025 a las 17:34, BBVA SEGUROS (<clientes@bbvaseguros.com.co>) escribió: Nos aseguramos de Mantenerte bien informado Cordial Saludo.
Reenviamos acción de Tutela del cliente Aura Inés Cerón Correa identificado (a) con la cédula de ciudadanía número 51.818.725, que llegó a nuestro buzón, solicitando pronta respuesta a su reclamación. Se anexan documentos soportes enviados por el reclamante. Correo remitente: bhernani@cendoj.ramajudicial.gov.co En BBVA Seguros, es muy sencillo asegurar tu tranquilidad.
Cordialmente, https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkAGM1NDgyODVjLWQ0ZWEtNDIxYS1iNjhhLTY3MDdkNWQwNjhjMwAQAPjOszOSGotNv%2FGqKT%2F… 2/6 7/3/25, 15:39 Correo: Laura Alejandra Velandia ?ieto - Outlook BBVA Seguros Tel: 601 - 307-80-80 | 01-8000-934-020 | clientes@bbvaseguros.com.co BBVA Seguros - Carrera 9 No 72 - 21 Piso 8 Bogotá Colombia Elaborado por: G.A Tu seguridad financiera es importante… Desde BBVAno te llamamos, ni enviamos correos electrónicos, ni mensajes SMS solicitando que entregues información confidencial como claves y códigos de activación que lleguen de nuestras aplicaciones o productos. https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkAGM1NDgyODVjLWQ0ZWEtNDIxYS1iNjhhLTY3MDdkNWQwNjhjMwAQAPjOszOSGotNv%2FGqKT%2F… 3/6 7/3/25, 15:39 Correo: Laura Alejandra Velandia ?ieto - Outlook 05-03-2025 08:00:45 - Blanca Stella Hernandez Ibanez: Remitente Fecha Destinatario Blanca Stella Hernandez Ibanez <bhernani@cendoj.ramajudicial.gov.co> 05-03-2025 08:00:45 Breenda diaz <judicialesseguros@bbva.com> clientes@bbvaseguros.com.co <clientes@bbvaseguros.com.co> https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkAGM1NDgyODVjLWQ0ZWEtNDIxYS1iNjhhLTY3MDdkNWQwNjhjMwAQAPjOszOSGotNv%2FGqKT%2F… 4/6 7/3/25, 15:39 Correo: Laura Alejandra Velandia ?ieto - Outlook Cc Reply to Asunto Abogado.bbva@luisavelasquezabogados.com.co <Abogado.bbva@luisavelasquezabogados.com.co> LUISA VELASQUEZ A <abogadorecobros@luisavelasquezabogados.com.co> Secretaría 02 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> Blanca Stella Hernandez Ibanez <bhernani@cendoj.ramajudicial.gov.co> URGENTE OFICIO C-0226 PROCESO 11001319900320220170401 DRA ADRIANA AYALA PULGARIN Bogotá D. C., 5 de marzo de 2025 Oficio No. C-0226 Señor (a) BBVA SEGUROS DE VIDA COLOMBIA S.A. Judicialesseguros@bbva.com clientes@bbvaseguros.com.co LUISA VELAZQUEZ Abogado.bbva@luisavelasquezabogados.com.co CARLOS EDUARDO GONZÁLEZ BUENO - APODERADO abogadorecobros@luisavelasquezabogados.com.co La Ciudad REF: Verbal No.11001319900320220170401 de AURA INES CERON CORREA contra BBVA SEGUROS DE VIDA COLOMBIA S.A. Para los efectos y fines legales me permito comunicarle que mediante providencia de fecha martes, 4 de marzo de 2025, proferida por el o la Magistrado(a) Dr.(a) ADRIANA AYALA PULGARIN, dentro del proceso de la referencia
RESOLVIÓ
“Previo a decidir lo que el trámite indica, se requiere a BBVA Seguros de Vida Colombia S.A. para que, dentro del término de ejecutoria del presente proveído y con vista en sus certificaciones de 25 de enero de 2025, puntualice si las fechas en las que “inició la cobertura” de las pólizas de seguro objeto del presente debate, corresponden, exactamente, a las de “formalización” de las mismas, como lo trató de explicar su abogado en escrito anterior.
Vencido el anterior término ingrese para proveer”. Se remite adjunto copia de la providencia en mención. Atentamente, Blanca Stella Hernández Ibañez. Notificadora Grado IV Tribunal Superior de Bogotá - Sala Civil. Respuestas únicamente al correo: "Secretario 02 Sala Civil Tribunal Superior - Seccional Bogota"<secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Este correo electrónico contiene información de la Rama Judicial de Colombia.
Si no es el destinatario de este correo y lo recibió por error comuníquelo de inmediato, respondiendo al remitente y eliminando cualquier copia que pueda tener del mismo. Si no es el destinatario, no podrá usar su contenido, de hacerlo podría tener consecuencias legales como las contenidas en la Ley 1273 del 5 de enero de 2009 y todas las que le apliquen.
Si es el destinatario, le corresponde mantener reserva https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkAGM1NDgyODVjLWQ0ZWEtNDIxYS1iNjhhLTY3MDdkNWQwNjhjMwAQAPjOszOSGotNv%2FGqKT%2F… 5/6 7/3/25, 15:39 Correo: Laura Alejandra Velandia ?ieto - Outlook en general sobre la información de este mensaje, sus documentos y/o archivos adjuntos, a no ser que exista una autorización explícita.
Antes de imprimir este correo, considere si es realmente necesario hacerlo, recuerde que puede guardarlo como un archivo digital. ********************* AVISO LEGAL ************************** Este mensaje es solamente para la persona a la que va dirigido. Puede contener información confidencial o legalmente protegida. No hay renuncia a la confidencialidad o privilegio por cualquier transmisión mala/errónea.
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Cualquier opinión expresada en este mensaje proviene del remitente, excepto cuando el mensaje establezca lo contrario y el remitente este autorizado para establecer que dichas opiniones provienen de BBVA. Nótese que el correo electrónico vía Internet no permite asegurar ni la confidencialidad de los mensajes que se transmiten ni la correcta recepción de los mismos.
En el caso de que el destinatario de este mensaje no consintiera la utilización del correo electrónico vía Internet, rogamos lo ponga en nuestro conocimiento de manera inmediata. ************************** DISCLAIMER********************** This message is intended exclusively for the named person. It may contain confidential, propietary or legally privileged information.
No confidentiality or privilege is waived or lost by any mistransmission. If you receive this message in error, please immediately delete it and all copies of it from your system, destroy any hard copies of it and notify the sender. Your must not, directly or indirectly, use, disclose, distribute, print, or copy any part of this message if you are not the intended recipient.
Any views expressed in this message are those of the individual sender, except where the message states otherwise and the sender is authorised to state them to be the views of BBVA. Please note that internet e-mail neither guarantees the confidentiality nor the proper receipt of the message sent. If the addressee of this message does not consent to the use of internet e-mail, please communicate it to us immediately. ************************************************************ https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkAGM1NDgyODVjLWQ0ZWEtNDIxYS1iNjhhLTY3MDdkNWQwNjhjMwAQAPjOszOSGotNv%2FGqKT%2F… 6/6 Bogotá D.C, 07 de marzo de 2025 Honorable Magistrada: Adriana Ayala Pulgarín Sala Civil Tribunal Superior del Distrito de Bogotá secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Ciudad Asunto: Contesta requerimiento Referencia: Clase proceso: Acción de protección al consumidor Radicado: 110013199003-2022-01704-01 Demandante: Aura Inés Cerón Correa Demandado: BBVA Seguros de Vida Colombia S.A. DANIELA ALEJANDRA LOMBANA BURBNAO, identificado como aparece al pie de mi firma, obrando en calidad de Representante Legal para asuntos Judiciales de BBVA Seguros de Vida Colombia S.A., por medio del presente escrito me permito dar repuesta al requerimiento que nos fuera efectuado por su despacho mediante auto del 04 de marzo de 2025, precisando lo siguiente: 1) Que según el procedimiento de comercialización de los seguros objeto de litigio, el potencial asegurado debe en primera medida suscribir el documento titulado como “Solicitud /certificado individual seguro de Vida Grupo Deudores”, en el cual declara su estado de riesgo, y así mismo y como su nombre lo indica, solicita que se le expida el seguro. 2) Que, una vez diligenciado el documento, el mismo se remite a la compañía para que se analice el riesgo a asumir, análisis que depende en gran medida de los padecimientos e información del estado del riesgo declarada por el potencial asegurado.
Así pues y si se evidencia (como en este caso) que el potencial asegurado no presenta padecimientos o enfermedades que revistan gravedad o que incidan en la tarifación del riesgo, se procede a expedir/formalizar el seguro, fecha que por lo general corresponde también, con el desembolso del crédito amparado. 3) Así pues y respondiendo el cuestionamiento del despacho, informamos que efectivamente la fecha de formalización de los seguros relacionado con las obligaciones No. ***** 5188 y ***** 0872, corresponde a la fecha en la que los mismos inician su vigencia. Nota: El presente memorial se copia a todas las partes cuya dirección electrónica se conoce, en cumplimiento de lo dispuesto en numeral 14 del artículo 78 del C.G.P. Se suscribe: ____________________ CC. 1.032.460.379 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veintiuno (21) de enero de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 99 003 2022 01704 01.
Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN En los términos de que tratan los artículos 169 y 170 del Código General del Proceso, se ordena oficiar a BBVA Seguros de Vida Colombia S.A. (o quien haga sus veces) para que, dentro del término de tres (3) días, contados partir de la recepción del respectivo comunicado, remitan -en formato digital- legibles1 y completas, las “Solicitud(des) /Certificado Individual Seguro de Vida Grupo Deudores Póliza No. 0110043” suscritas por la demandante, para acceder a los amparos cuya reclamación se discute en este litigio (Pólizas números 13015800961675188 y 130158009618150872) los días 20 de febrero y 30 de septiembre de 2019, respectivamente.
Asimismo, deberá certificar cuales fueron las fechas exactas en las que recibió la solicitud de amparo y en la que inició la cobertura de las anotadas pólizas en favor de la señora Aura Inés Cerón. Secretaría proceda de conformidad por el medio más expedito. Notifíquese y cúmplase, 1 En caso de no ser posible la visualización de TODO su contenido deberá aportarse el original físico o tomarse su equivalente desde aquél y no desde copias o similares.
Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c53e1e63cfcb15f939def9b4f08d120560f82283800a1ff0364aae212fb31abf Documento generado en 21/01/2025 12:09:25 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Bogotá D.C, 28 de enero de 2025 Honorable Magistrada: Adriana Ayala Pulgarín Sala Civil Tribunal Superior del Distrito de Bogotá secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Ciudad Asunto: Allega documentos requeridos Referencia: Clase proceso: Acción de protección al consumidor Radicado: 110013199003-2022-01704-01 Demandante: Aura Inés Cerón Correa Demandado: BBVA Seguros de Vida Colombia S.A. Carlos Eduardo González Bueno, abogado en ejercicio con domicilio en la ciudad de Bogotá, identificado como aparece al pie de mi firma, obrando en el proceso que se relaciona en la referencia como apoderado especial de BBVA Seguros de Vida Colombia S.A., por medio del presente escrito me permito adjuntar al dossier las documentales que fueron requeridas en auto del 21 de enero de 2025, así: - Frente al requerimiento de aportar: “las solicitudes /certificado individual seguro de Vida Grupo Deudores Póliza No. 0110043 suscritas por la demandante, para acceder a los amparos cuya reclamación se discute en este litigio (Pólizas números 13015800961675188 y 130158009618150872) los días 20 de febrero y 30 de septiembre de 2019, respectivamente: Respuesta: Al presente memorial se adosan dos archivos en formato.pdf y titulados como “Copia Póliza Seguro Vida Deudor 0796” y “Copia Póliza Seguro Vida Deudor 1530” y que contienen las solicitudes de seguro/declaraciones de asegurabilidad diligenciadas por la demandante, para adquirir los seguros objeto de litigio y para los pasados 20 de febrero y 30 de septiembre de 2019. - Frente al requerimiento de aportar una certificación en la que consten las fechas exactas en las que recibió la solicitud de amparo y en la que inició la cobertura de las anotadas pólizas en favor de la señora Aura Inés Cerón: Respuesta: Al presente memorial se adosan dos archivos en formato.pdf y titulados como “Certificación Seguro Vida Deudor 0796” y “Certificación Seguro Vida Deudor 1530” y que contienen las certificaciones emitidas por mi mandante para los seguros objeto de litigio, con indicación de las fechas en las que fue formalizado el seguro y su respectiva vigencia. Se aclara en este punto que la fecha exacta en la que Calle 12 No 7 Oficina 706 B -Copropiedad Edificio BCA Bogotá Teléfonos: 320 4261792-3212031799 Luisa.velasquez@luisavelasquezabogados.com.co mi mandante recibe la solicitud de amparo es la que se plasmo en las solicitudes de seguro/declaraciones de asegurabilidad diligenciadas por la demandante (20 de febrero y 30 de septiembre de 2019) Notificaciones: Para todos los efectos de notificaciones en el trámite de segunda instancia, solicito se tenga como dirección electrónica del suscrito el email: abogado.bbva@luisavelasquezabogados.com.co Nota: El presente memorial se copia a todas las partes cuya dirección electrónica se conoce, en cumplimiento de lo dispuesto en numeral 14 del artículo 78 del C.G.P., y para efectos del traslado previsto en el parágrafo del artículo 9 de la ley 2213 de 2022.
Comedidamente solicito se acuse recibo del presente mensaje y del escrito anexo. Se suscribe: Carlos Eduardo González Bueno CC. 1.052.403.588 de Duitama T.P. 285.175 del C.S. de la J. Calle 12 No 7 Oficina 706 B -Copropiedad Edificio BCA Bogotá Teléfonos: 320 4261792-3212031799 Luisa.velasquez@luisavelasquezabogados.com.co REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C. cuatro (4) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 99 003 2022 01704 01.
Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Previo a decidir lo que el trámite indica, se requiere a BBVA Seguros de Vida Colombia S.A. para que, dentro del término de ejecutoria del presente proveído y con vista en sus certificaciones de 25 de enero de 2025, puntualice si las fechas en las que “inició la cobertura” de las pólizas de seguro objeto del presente debate, corresponden, exactamente, a las de “formalización” de las mismas, como lo trató de explicar su abogado en escrito anterior.
Vencido el anterior término ingrese para proveer. Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Radicación: 11001 31 03 015 2018 00546 01 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 51131f9e352f1410cb77a8caee4faa8f111db640b6ba93f5ce6e7d68117953a9 Documento generado en 04/03/2025 03:47:27 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica BBVA SEGUROS DE VIDA COLOMBIA S.A. Nit. 800.240.882 - 0 C E R T I F I C A: Que: El (a) Señor (a) AURA INES CERON CORREA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51.818.725, adquirió la obligación No. 0013-0158-68-9616075188 con el Banco BBVA Colombia, la cual se encontraba asegurada bajo la Póliza de Seguro Vida Grupo Deudores No. 02 215 0000523621 certificado No. 0013-015863-4008260796 con una periodicidad de pago mensual vencido y bajo las siguientes coberturas: AMPARO *VR.
ASEGURADO Vida (Muerte por cualquier causa) $115,000,000.00 Incapacidad total y permanente $115,000,000.00 La última prima cobrada fue por $55.583, correspondiente al periodo del 10/12/2024 al 09/01/2025. El beneficiario oneroso de la póliza es BBVA Colombia, 100%. La póliza fue formalizada el 14 de marzo del año 2019, actualmente se encuentra vigente.
Se expide la presente certificación en la ciudad de Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025). Cordialmente, BBVA Seguros de Vida Colombia S.A | Servicio al cliente. Tel: 601 - 307-80-80 | 01-8000-934-020 | clientes@bbvaseguros.com.co BBVA Seguros - Carrera 9 No 72 - 21 Piso 8 Bogotá Colombia Elaborado por: VJ Se adjunta copia del Clausulado con condiciones generales de la póliza. -Artículo 1068 del Código de Comercio. -Terminación Automática del contrato de Seguros “La mora en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho al asegurador para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos causados por la ocasión de la expedición de contrato”.
“En nombre de BBVA SEGUROS reiteramos nuestro interés en servirle cada día mejor, por lo cual quedamos atentos a atender sus solicitudes y a resolver sus inquietudes a través de nuestra línea de servicio al Cliente en Bogotá al 307 8080 y a nivel nacional al 01 800 09 34020. También podrá acudir a nuestro Defensor del Consumidor Financiero, cuya función es la de ser vocero de los clientes o usuarios ante BBVA SEGUROS, así como conocer y resolver de manera objetiva y gratuita las quejas relativas a la prestación del servicio.
Para este efecto debe enviar una solicitud escrita al Dr. Guillermo Dajud Fernández, Defensor del Consumidor Financiero principal, o a su suplente, Dr. Ángela Lucia Bibiana Gómez de lunes a viernes a la Carrera 9 No. 72-21 Piso 2º, en Bogotá, D.C.; teléfono 343 8385, fax 343 8387, por correo electrónico al e-mail: defensoria.bbvacolombia@bbva.com.co o directamente en cualquiera de las oficinas de BBVA SEGUROS.
Dicha solicitud debe contener los nombres y apellidos completos del reclamante, su documento de identidad, domicilio y dirección o e-mail para recepción de la correspondencia, número de teléfono y/o fax, y una descripción de los hechos y derechos que se consideren vulnerados.”” BBVA SEGUROS DE VIDA COLOMBIA S.A. Nit. 800.240.882 - 0 C E R T I F I C A: Que: El (a) Señor (a) AURA INES CERON CORREA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51.818.725, adquirió la obligación No. 0013-0158-00-9618150872 con el Banco BBVA Colombia, la cual se encontraba asegurada bajo la Póliza de Seguro Vida Grupo Deudores No. 02 219 0000332291 certificado No. 0013-015865-4009401530 con una periodicidad de pago mensual vencido y bajo las siguientes coberturas: AMPARO *VR.
ASEGURADO Vida (Muerte por cualquier causa) $67,000,000.00 Incapacidad total y permanente $67,000,000.00 La última prima cobrada fue por $50.250, correspondiente al periodo del 05/12/2024 al 04/01/2025. El beneficiario oneroso de la póliza es BBVA Colombia, 100%. La póliza fue formalizada el 10 de octubre del año 2019, actualmente se encuentra vigente.
Se expide la presente certificación en la ciudad de Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025). Cordialmente, BBVA Seguros de Vida Colombia S.A | Servicio al cliente. Tel: 601 - 307-80-80 | 01-8000-934-020 | clientes@bbvaseguros.com.co BBVA Seguros - Carrera 9 No 72 - 21 Piso 8 Bogotá Colombia Elaborado por: VJ Se adjunta copia del Clausulado con condiciones generales de la póliza. -Artículo 1068 del Código de Comercio. -Terminación Automática del contrato de Seguros “La mora en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho al asegurador para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos causados por la ocasión de la expedición de contrato”.
“En nombre de BBVA SEGUROS reiteramos nuestro interés en servirle cada día mejor, por lo cual quedamos atentos a atender sus solicitudes y a resolver sus inquietudes a través de nuestra línea de servicio al Cliente en Bogotá al 307 8080 y a nivel nacional al 01 800 09 34020. También podrá acudir a nuestro Defensor del Consumidor Financiero, cuya función es la de ser vocero de los clientes o usuarios ante BBVA SEGUROS, así como conocer y resolver de manera objetiva y gratuita las quejas relativas a la prestación del servicio.
Para este efecto debe enviar una solicitud escrita al Dr. Guillermo Dajud Fernández, Defensor del Consumidor Financiero principal, o a su suplente, Dr. Ángela Lucia Bibiana Gómez de lunes a viernes a la Carrera 9 No. 72-21 Piso 2º, en Bogotá, D.C.; teléfono 343 8385, fax 343 8387, por correo electrónico al e-mail: defensoria.bbvacolombia@bbva.com.co o directamente en cualquiera de las oficinas de BBVA SEGUROS.
Dicha solicitud debe contener los nombres y apellidos completos del reclamante, su documento de identidad, domicilio y dirección o e-mail para recepción de la correspondencia, número de teléfono y/o fax, y una descripción de los hechos y derechos que se consideren vulnerados.”” La validez de este documento puede verificarse en la página www.superfinanciera.gov.co con el número de PIN Certificado Generado con el Pin No: 1622366012907408 Generado el 04 de marzo de 2025 a las 09:14:33 ESTE CERTIFICADO REFLEJA LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA ENTIDAD HASTA LA FECHA Y HORA DE SU EXPEDICIÓN M B IA EL SECRETARIO GENERAL C O LO En ejercicio de las facultades y, en especial, de la prevista en el artículo 11.2.1.4.59 numeral 10 del decreto 2555 de 2010, modificado por el artículo 3 del decreto 1848 de 2016.
D E CERTIFICA N C IE R A RAZÓN SOCIAL: BBVA SEGUROS DE VIDA COLOMBIA S.A., pudiendo utilizar indistintamente, para todos los efectos legales, el nombre BBVA SEGUROS DE VIDA FI N A NIT: 800240882-0 TE N D EN C IA NATURALEZA JURÍDICA: Sociedad Comercial Anónima De Carácter Privado Entidad sometida al control y vigilancia por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia.
ER TI FI C A D O VÁ LI D O EM IT ID O PO R LA SU PE R IN CONSTITUCIÓN Y REFORMAS: Escritura Pública No 1317 del 31 de agosto de 1994 de la Notaría 47 de BOGOTÁ D.C. (COLOMBIA). Bajo la denominación de COMPAÑÍA GANADERA DE SEGUROS DE VIDA S.A. "GANAVIDA" Escritura Pública No 00900 del 17 de mayo de 1996 de la Notaría 47 de BOGOTÁ D.C. (COLOMBIA).
Cambió su razón social por GANADERA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A. GANAVIDA y podrá denominarse para la administración de riesgos profesionales LA GANADERA ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES Escritura Pública No 4032 del 09 de junio de 1999 de la Notaría 29 de BOGOTÁ D.C. (COLOMBIA). Cambió su razón social por BBV SEGUROS GANADERO COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A., y podrá denominarse para la administración de Riesgos Profesionales BBV SEGUROS GANADERO ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES.
Escritura Pública No 319 del 23 de enero de 2001 de la Notaría 29 de BOGOTÁ D.C. (COLOMBIA). BBVA SEGUROS GANADERO COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A. Escritura Pública No 2665 del 26 de marzo de 2002 de la Notaría 29 de BOGOTÁ D.C. (COLOMBIA). Cambió su razón social por BBVA SEGUROS GANADERO COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A. Podrá usar indistintamente la denominación BBVA SEGUROS DE VIDA S.A. Escritura Pública No 1764 del 01 de abril de 2004 de la Notaría 45 de BOGOTÁ D.C. (COLOMBIA).
BBVA SEGUROS DE VIDA COLOMBIA S.A., pudiendo utilizar indistintamente, para todos los efectos legales, el nombre BBVA SEGUROS DE VIDA Escritura Pública No 02059 del 10 de mayo de 2013 de la Notaría null de SIN DESCRIPCION. La sociedad es de nacionalidad Colombiana y tiene su domicilio principal en la ciudad de Bogotá Distrito Capital, y en ella tendrá la sede de su administración social, pudiendo crear sucursales o agencias en otros lugares del país o en el exterior, previa autorización de su Junta Directiva.
C AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO: Resolución S.B. 2386 del 4 de noviembre de 1994 REPRESENTACIÓN LEGAL: La Sociedad tendrá un Presidente y dos (2) suplentes quienes lo reemplazarán en las faltas absolutas, temporales y accidentales. El Presidente y sus suplentes serán elegidos por la Junta Directiva y podrán ser removidos en cualquier momento.
El Presidente será el Representante Legal de la Compañía y tendrá a su cargo la dirección, la gestión y la administración de los negocios sociales con sujeción a la Ley y a estos estatutos. Así mismo, tendrán la representación legal de la Entidad los Directores de la Compañía y el Secretario General, si así expresamente lo dispone la Junta Directiva.
Adicionalmente, la Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C. Conmutador: (571) 5 94 02 00 5 94 02 01 www.superfinanciera.gov.co La validez de este documento puede verificarse en la página www.superfinanciera.gov.co con el número de PIN Certificado Generado con el Pin No: 1622366012907408 Generado el 04 de marzo de 2025 a las 09:14:33 B IA ESTE CERTIFICADO REFLEJA LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA ENTIDAD HASTA LA FECHA Y HORA DE SU EXPEDICIÓN SU PE R IN TE N D EN C IA FI N A N C IE R A D E C O LO M Sociedad contará con representantes legales judiciales designados por la Junta Directiva, que representarán a la Sociedad ante las autoridades jurisdiccionales, administrativas, políticas, entidades centralizadas y descentralizadas del Estado.
FUNCIONES DEL PRESIDENTE. El Presidente de la Sociedad tendrá las siguientes funciones. 1. Ejecutar los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva. 2. Ejercer la representación legal de la Sociedad en todos los actos y negocios sociales. 3. Constituir apoderados judiciales y extrajudiciales. 4. Celebrar libremente los contratos y suscribir los títulos y documentos que se requieran para el desarrollo de la Sociedad de conformidad con lo previsto en la ley y en los Presentes Estatutos. 5.
Velar por el adecuado manejo y utilización de los recursos y bienes de la Sociedad. 6. Nombrar y remover al personal necesario para desempeño de los cargos de acuerdo a las directrices imparta la Junta Directiva (sic). 7. Dirigir y coordinar el funcionamiento de la Compañía. 8. Mantener a la Junta Directiva permanentemente informada sobre la marcha de los negocios y suministrar los informes que le sean solicitados. 9.
Convocar a la Asamblea General de Accionistas a reuniones ordinarias y extraordinarias. 10. Presentar a la Junta Directiva balances de prueba. 11. Presentar a la Junta Directiva el proyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos. 12. Presentar previamente a la Junta Directiva el Balance destinado a la Asamblea General, Junto con el Estado de Resultados y el proyecto de Distribuciones de Utilidades y demás anexos explicativos. 13.
Rendir cuenta Justificada de su gestión al final de cada ejercicio Social. 14. Firmar los balances de la Sociedad y demás documentos contables con destino a la Superintendencia Financiera. 15. Delegar en sus subalternos las facultades que considere convenientes para el cumplimiento de los fines sociales, para los cual requerirá previo concepto favorable de la Junta Directiva. 16.
La demás funciones que le correspondan como órgano directivo de la Sociedad por disposición legal, estatuaria (sic) o por designio de la Junta Directiva para el normal desarrollo social. (Escritura Pública 02059 del 10 de mayo de 2013 Notaria 32 de Bogotá) R LA Que ejercen la representación legal de la entidad y han sido registradas las siguientes personas: IDENTIFICACIÓN CARGO Marco Alejandro Arenas Prada Fecha de inicio del cargo: 24/08/2023 CC - 93236799 Presidente Hernan Felipe Guzman Aldana Fecha de inicio del cargo: 27/03/2014 CC - 93086122 Primer Suplente del Presidente CC - 52011890 Segundo Suplente del Presidente CC - 93086122 Secretario General Sergio Alejandro Cortes Gualdron Fecha de inicio del cargo: 15/08/2024 CC - 79981319 Representante Legal Suplente Carlos Mario Garavito Colmenares Fecha de inicio del cargo: 19/03/2019 CC - 80090447 Representante Legal Judicial Maribel Sandoval Varon Fecha de inicio del cargo: 11/04/2024 CC - 52087519 Representante Legal Judicial Daniela Alejandra Lombana Burbano Fecha de inicio del cargo: 31/07/2024 CC - 1032460379 Representante Legal Judicial O EM IT ID O PO NOMBRE VÁ LI D Maria Elena Torres Colmenares Fecha de inicio del cargo: 11/01/2024 C ER TI FI C A D O Hernan Felipe Guzman Aldana Fecha de inicio del cargo: 06/06/2013 Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C. Conmutador: (571) 5 94 02 00 5 94 02 01 www.superfinanciera.gov.co La validez de este documento puede verificarse en la página www.superfinanciera.gov.co con el número de PIN Certificado Generado con el Pin No: 1622366012907408 Generado el 04 de marzo de 2025 a las 09:14:33 CC - 1070015017 Representante Legal Judicial Maria Carolina Vanegas Pineda Fecha de inicio del cargo: 06/10/2016 CC - 52416119 Representante Legal en Calidad de Director de Riesgos Mariana Gil Escobar Fecha de inicio del cargo: 01/02/2024 CC - 52862952 Representante Legal en calidad de Director de Operaciones e Indemnizaciones FI N A N C IE R A D E C O LO M Juan Sebastián Sastre Quiñonez Fecha de inicio del cargo: 31/07/2024 B IA ESTE CERTIFICADO REFLEJA LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA ENTIDAD HASTA LA FECHA Y HORA DE SU EXPEDICIÓN NOMBRE IDENTIFICACIÓN CARGO TE N D Resolución S.B. No 2787 del 14 de diciembre de 1994 salud EN C IA RAMOS: Resolución S.B. No 2488 del 16 de noviembre de 1994 accidentes personales, vida grupo, vida individual, seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia. SU PE R IN Resolución S.B. No 235 del 15 de febrero de 1995 pensiones Ley 100 Resolución S.B. No 456 del 10 de marzo de 1995 riesgos profesionales (Ley 1562 del 11 de julio de 2012, modifica la denominación por la de Riesgos Laborales).
Resolución S.B. No 44 del 20 de enero de 1997 pensiones de jubilación. Circular externa 052 del 20 de diciembre de 2002, se denominará en adelante ramo de pensiones voluntarias. O PO R LA Resolución S.F.C. No 0557 del 25 de abril de 2007 ramo de exequias Resolución S.F.C. No 1422 del 24 de agosto de 2011 revoca la autorización concedida a BBVA Seguros de Vida Colombia S.A., para operar el ramo de Seguro de Salud, confirmada la decisión con resolución 0661 del 07 de mayo de 2012 Resolución S.F.C. No 1986 del 04 de noviembre de 2011 revoca la autorización concedida a BBVA Seguros de vida Colombia S.A. para operar el ramo de Seguros de Riesgos Profesionales.
LI D O 1622366012907408 EM IT ID Resolución S.F.C. No 758 del 24 de mayo de 2017 Autoriza operar el ramo de seguro de desempleo. O VÁ PATRICIA CAIZA ROSERO SECRETARIA GENERAL (E) C ER TI FI C A D "De conformidad con el artículo 12 del Decreto 2150 de 1995, la firma mecánica que aparece en este texto tiene plena validez para todos los efectos legales." Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C. Conmutador: (571) 5 94 02 00 5 94 02 01 www.superfinanciera.gov.co