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auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: AutoAdmiteTutela322-24

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería – Córdoba Sala Unitaria Civil Familia Laboral CRUZ ANTONIO YÁNEZ ARRIETA Magistrado Folio 322-24 Radicación n.º 23 001 22 14 000 2024 00124 00 Montería (Córdoba), diez (10) de julio de dos mil veinticuatro (2.024) De conformidad con los Decretos 2591 de 1991, 306 de 1992, 1382 de 2000, 1983 de 2017 y 333 de 2021, admítase la correspondiente acción de tutela instaurada por MANUEL SALVADOR MONTALVO ORTEGA contra los JUZGADOS PRIMERO Y SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE CERETÉ Y JUZGADO OCTAVO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA. Ténganse como pruebas las aportadas al proceso por el accionante.

Vincúlese al trámite de la presente acción a todos los intervinientes, dentro de los procesos distinguidos con radicado n.° 23-162-31-03-0012023-00121-00, 23-162-31-03-002-2021-00216-00 y 23-001-33-33006-2024-00232-00, procesos que se tramitaron ante los Juzgados Primero, Segundo Civil del Circuito de Cereté y, Octavo Administrativo Oral del Circuito de Montería (Córdoba).

Además, vincúlese al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Montería para que se pronuncie sobre los elementos fácticos de la presente acción y remita con destino a la tutela del epígrafe, en el término de un (1) día, el expediente del proceso aludido en el hecho primero del libelo inicial, para que así, por secretaría se notifiquen a todos los intervinientes dentro de dicha causa.

Radicación n.º 23 001 22 14 000 2024 00124 00 Folio 322-24 Comuníqueseles el objeto de la presente acción a los juzgados accionados y vinculados con el fin de que se pronuncien sobre los hechos en ésta planteados, dentro de los dos (2) días siguientes a su notificación. Envíeseles copia de la presente acción. Requiérase al Juzgado Primero, Segundo Civil del Circuito de Cereté y Octavo Administrativo Oral del Circuito de Montería (Córdoba), para que, en el término de un (1) día envíen el link del expediente correspondiente de los procesos identificados con radicado n.° 23-16231-03-001-2023-00121-00, 23-162-31-03-002-2021-00216-00 y 23001-33-33-006-2024-0023200 respectivamente, a fin de poder notificar a cada una de las partes que intervinieron (partes, terceros, auxiliares de la justicia) en dichos procesos y se pueda resolver de fondo el asunto que nos convoca, advirtiendo que el expediente electrónico deberá estar organizado, numerado, cada archivo deberá tener el nombre de la actuación que corresponda y dicho expediente debe poseer el índice electrónico, conforme a lo establecido en el protocolo de digitalización y organización del expediente digital dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura.

Una vez allegado el expediente, comuníquese a las personas interesadas en el presente asunto, por el medio más expedito, de acuerdo a lo normado en el artículo 13 del Decreto 2591 de 1991. En caso de no poder notificárseles personalmente,

NOTIFÍQUESELES POR ESTADO. Por secretaría líbrense los oficios correspondientes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE 2 Firmado Por: Cruz Antonio Yanez Arrieta Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial División De Sistemas De Ingenieria Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0a49ccc727c75cfa5283ec0c55b695edebe8397f595d7fcc39a29b4083686e5a Documento generado en 10/07/2024 02:38:15 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica