Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 2024-00163-02 Auto Apelación Auto (Dr. Ricardo)

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Ponente: Ricardo León Oquendo Morantes

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA PROCESO DEMANDANTE DEMANDADO RADICADO PROVIDENCIA EJECUTIVO. LUZ MERY ARIZA GALEANO y KADIR CRISANTO PILONIETA DÍAZ. URBANIZADORA DAVIN PUYANA S.A. -EN REORGANIZACIÓN. 68001-31-03-011-2024-00163-02 Interno 483/2024 AUTO ORDENA ANULAR ACTA REPARTO Magistrado Sustanciador: DR. RICARDO LEÓN OQUENDO MORANTES Veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro.

Visto el anterior informe secretarial, refulge que, en efecto, el presente asunto subió dos veces a esta instancia para desatar el recurso de apelación interpuesto por el vocero judicial de la parte demandante contra proveído del 18 de junio de 2024, que rechazó la ejecución solicitada. De acuerdo con el archivo 006 de este expediente, el presente asunto fue repartido en primer momento a la H. Magistrada Mery Esmeralda Agón, hoy, despacho de la Mag.

Jenny Carolina Martínez Rueda el 11/07/2024 a las 1:04:16 p.m., mientras que al despacho que presido, en la misma fecha, pero a las 3:24:17 p.m. En consecuencia, se ordena remitir la actuación al despacho de la H. Magistrada por ser a quién en primer lugar se repartió las diligencias; asimismo, se ordena a la Oficina Judicial para que anule el acta de reparto identificada con secuencia No.32568 por lo aquí expuesto.

Por secretaría cúmplase y notifíquese lo aquí decidido.

NOTIFÍQUESE, 1 RICARDO LEÓN OQUENDO MORANTES Magistrado Sustanciador Firmado Por: Ricardo Leon Oquendo Morantes Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4278766e7a628ef138b9e262074e70bf654bc026a9e50152a630ffa4ff6b3e5e Documento generado en 24/07/2024 04:13:52 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2