REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA LABORAL Magistrada Sustanciadora: LUCRECIA GAMBOA ROJAS Bucaramanga, veintitrés (23) de julio de dos mil veinticinco (2025) REF: PROCESO ORDINARIO LABORAL PROMOVIDO POR CATALINA PAOLA BIBIANA MARCELA DEL ROSARIO ACEVEDO MUÑOZ CONTRA COLPENSIONES Y PORVENIR S.A. Rdo.
Único 68001.31.05.005.2024.00370.01 R.T. 812-2025 AUTO: Admitir el Grado Jurisdiccional de Consulta en favor de COLPENSIONES y el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bucaramanga el 10 de julio de 2025.1 EJECUTORIADO este auto, CORRERÁ el traslado a las apelantes y en favor de quien opera la consulta para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días.
VENCIDO, CORRERÀ el traslado por igual término a las demás partes.2 Los alegatos se enviarán identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, incluyendo los datos de identificación del proceso, el radicado del Tribunal y el Magistrado Ponente al correo electrónico: seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co y a las demás partes como lo regla el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.3 Notifíquese (firma electrónica) LUCRECIA GAMBOA ROJAS Magistrada 1 Art. 69 del C.P.T.S.S., Mod, Ley 1149 de 2007 art. 14. 2 Artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022 3Artículo 3.
Deberes de los sujetos procesales en relación con las tecnologías de la información y las comunicaciones. Es deber de los sujetos procesales realizar sus actuaciones y asistir a las audiencias y diligencias a través de medios tecnológicos. Para el efecto deberán suministrar a la autoridad judicial competente, y a todos los demás sujetos procesales, los canales digitales elegidos para los fines del proceso o trámite y enviar a través de estos un ejemplar de todos los memoriales o actuaciones qu e realicen, simultáneamente con copia incorporada al mensaje enviado a la autoridad judicial.
Firmado Por: Lucrecia Gamboa Rojas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 3 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 450064b93d43498f9aec0cccdcb1344ac796c1cc0d33297c396790a9998b863d Documento generado en 23/07/2025 09:30:00 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica