Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 02.- 020800122130002024005180 AUTOREQUIERE

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

1 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL BARRANQUILLA SALA CIVIL FAMILIA Magistrada sustanciador: JUAN CARLOS CERON DIAZ Barranquilla, seis (06) de septiembre del dos mil veinticuatro (2024) RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN Número interno: 45.663 Código: 0800122130002024005180 Al despacho demanda del recurso extraordinario de revisión formulado por JUANA OROZCO DE ELJAIEK, mediante apoderado judicial, contra la sentencia del veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), proferido por el JUZGADO 14 DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE BARRANQUILLA, dentro del proceso de RESTITUCIÓN DE BIEN INMUEBLE.

Al reunir los requisitos exigidos en los artículos 355, 356 y 357 del C.G.P. se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 358 ibidem, a solicitar el expediente al Juzgado en donde se encuentra. En mérito de lo expuesto, el Magistrado Sustanciador de la Sala Cuarta de Decisión Civil- Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, 2

RESUELVE

PRIMERO: SOLICITAR al JUZGADO 14 DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE DE BARRANQUILLA emitir a este Despacho el expediente contentivo del proceso de restitución, radicado bajo el Nro. 08001418901420210048300 para lo cual deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 358, inciso 1° del C.G.P.

SEGUNDO: RECONOCER personería al abogado Alex Enrique Villarreal Cárdenas, en los términos del poder conferido.

TERCERO: Por Secretaria ofíciese en tal sentido.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE JUAN CARLOS CERON DIAZ Magistrado Firmado Por: Juan Carlos Ceron Diaz Magistrado Sala 004 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 98ccbf546579a13faa188b8ab45983e2e3dec63cdd9d8a2af48c1eaebcd88031 Documento generado en 09/09/2024 08:33:28 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica