Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 008. 004-2021-00154-03FECF AutoInadmiteRecursoR10935 (2)

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL MAGISTRADO SUSTANCIADOR Dr. FLAVIO EDUARDO CÓRDOBA FUERTES Santiago de Cali, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) REF: PROCESO VERBAL EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL DEL ISMAEL GÓMEZ BOTERO FRENTE A HÉCTOR RODRIGO SERNA HOYOS. Correspondió a este despacho conocer del recurso de apelación interpuesto contra el auto proferido el 17 de junio de 2025, por medio del cual se rechazó de plano la nulidad propuesta por la parte demandada en el asunto de la referencia. No obstante, a la alzada no podrá dársele trámite en esta oportunidad, pues se advierte que respecto del recurso de apelación interpuesto por el ejecutado de manera directa, no se corrió por parte del juzgado el traslado previsto en el inciso 1° del artículo 326 del CGP, como tampoco se advierte que el escrito en mención hubiese sido remitido a la parte ejecutante como lo establece el parágrafo único del artículo 9° de la Ley 2213 de 2022.

Así las cosas, al no estar cumplidos los requisitos previstos en la ley para dar trámite a la alzada aquí interpuesta, se dispondrá su inadmisión. Por lo anterior, el suscrito Magistrado, RESUELVE 1º.- INADMITIR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 17 de junio de 2025, por lo expuesto en la parte motiva de este proveído. 2º-.

DEVOLVER las presentes diligencias al Juzgado de origen para lo de su cargo.

NOTIFIQUESE (Firmado electrónicamente) FLAVIO EDUARDO CÓRDOBA FUERTES Magistrado Rad. 76001 31 03 004 2021-00154-03 (10935) Firmado Por: Flavio Eduardo Cordoba Fuertes Magistrado Sala 003 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 47850c6f6de1dc0d3b99a9c68daa988d33a6db6d42e4dc4daf518b0386c1d191 Documento generado en 16/12/2025 11:24:03 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica