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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310302620230032603DraSánchezAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

Tribunal Superior de Distrito Judicial Bogotá, once de marzo de dos mil veintiséis Expediente 11001-31-03-026-2023-00326-03 Providencia 31 Como quiera que los demandantes Said Andrés Ramos Yanez; Loraine Andrea Ramos Yanez; Jesús Alberto Ramos Yanez y la menor Zharick Andrea Ramos Yanez, oportunamente interpusieron recurso de apelación contra la sentencia de doce de noviembre1, proferida por el Juzgado Veintiséis Civil del Circuito de Bogotá, el Despacho con fundamento en lo previsto en el numeral primero del artículo 323 del Código General del Proceso dispone: Admitir, en el efecto suspensivo el recurso de interpuesto.

Ejecutoriado este proveído, de conformidad con lo normado en el inciso segundo del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, el apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco días siguientes. De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el mismo término. 1 Consecutivo 99 Si no se sustenta oportunamente, este se declarará desierto.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE AMANDA JANNETH SÁNCHEZ TOCORA Magistrada (2) Firmado Por: Amanda Janneth Sanchez Tocora Magistrada Sala 008 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: dc630514d13cf176522168e5594644f80c995b4324154009bcc5838df2da9b8f Documento generado en 11/03/2026 01:13:20 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica