TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ - SALA CIVIL Bogotá, D.C., trece (13) de mayo de dos mil veinticinco (2025). Radicación 11001310301920190079601 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, SE ORDENA: Correr traslado al apelante, por el término de cinco (5) días para sustentar el recurso, so pena de declararlo desierto.
Vencido dicho lapso, si se satisface la carga procesal, se otorgará el mismo periodo a la parte contraria, para que se pronuncie al respecto. Infórmese a los señores abogados que los memoriales deben dirigirse al correo institucional del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co -artículo 109 del Código General del Proceso-; remitiendo un ejemplar a los demás intervinientes en el juicio, según los lineamientos del artículo 78 numeral 14 ídem, en concordancia con el artículo 3 de la Ley en cita.
NOTIFÍQUESE. Firmado Por: Clara Ines Marquez Bulla Magistrada Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 394974782641f6318403e0119f4e1bdcd73122772f9052cea80a3b8ba2b49e46 Documento generado en 13/05/2025 11:45:35 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica