TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., dieciséis (16) de abril de dos mil veintiséis (2026) Expediente. 1100131030 25 2020 00012 01 Asunto: Proceso verbal de mayor cuantía promovido por Inmobiliaria Otto Nassar S.A. en Liquidación e Inversiones ION S.A. contra Copropiedad ION 73 P.H. SE ADMITE en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por el extremo demandante, contra la sentencia que profirió el Juzgado Veinticinco Civil del Circuito de Bogotá el 18 de marzo de 2026, dentro del presente asunto.
La parte apelante deberá tener en cuenta lo establecido en el inciso 3º del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, a cuyo tenor: “Ejecutoriado el auto que admite el recurso o el que niega la solicitud de pruebas, el apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes”, vencidos los cuales la contraparte deberá descorrer, si a bien lo tiene, el correspondiente traslado; términos que comenzaran a contabilizarse desde la ejecutoria de esta determinación. Además, los litigantes atenderán el contenido del numeral 14 del artículo 78 del Código General del Proceso, so pena de imposición de multa.
Los escritos o memoriales con destino a este asunto remítanse al correo electrónico del Secretario Judicial de esta Corporación secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Cumplido lo anterior, ingrésese el expediente al despacho con informe pormenorizado de Secretaría, para proveer lo que en derecho corresponda. Notifíquese, (Firma electrónica) MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Magistrada (Rad. 1100131030 25 2020 00012 01) Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5acf7589d955de403ed35477f08626ed2c1de91a138951363130c48002073496 Documento generado en 16/04/2026 03:08:37 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica