REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Civil Bogotá D.C., dieciséis (16) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Expediente No. 008201900819 01 Con soporte en el artículo 337 del CGP, se niega, por extemporáneo, el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. Si la sentencia se notificó por estado el 3 de septiembre pasado1, es claro que el memorial radicado el día 11 siguiente2 está por fuera del término de cinco (5) días previsto en dicha norma, que venció el 10 de septiembre.
NOTIFÍQUESE Firmado Por: Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e7d41f8b23b41ec03ba2922d665c51e228cb0b80b5f9cd3883a52088d8710a58 Documento generado en 16/09/2025 12:26:20 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 2 Disponible en: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/web/publicaciones-procesales 002SegundaInstancia, pdf. 18.