TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA Y AMAZONAS SALA CIVIL-FAMILIA Bogotá D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Exp. 25286-31-03-001-2020-00225-01 El proceso en referencia, fue repartido al Magistrado Juan Manuel Dumez Arias, pero con auto calendado a 2 de julio pasado consideró: “…observarse que el reparto del asunto de la referencia realizado el 28 de junio del 2024 es errado, porque se realizó como si se tratara de un auto y no como sentencia como corresponde… Se ordena que por Secretaría se realice la gestión necesaria para corregir el acta de reparto errada y se efectué atendiendo lo que en verdad corresponde, esto es, que lo que llegó al Tribunal es un reparto de apelación de sentencia y no de auto ”, indicándose como clase de proceso “Ejecutivo singular”.
Revisado el expediente se destaca en el nuevo reparto asignado a éste despacho –archivo 2ActaRepartoCorregida.pdf-, se realizó en el grupo 13 “APELACION SENTENCIA EJECUTIVO SINGULAR”, cuando se trata de un proceso verbal, conforme a las pretensiones elevadas, que son: “Que se DECLARE que MOBISPORT SAS, con NIT 900.682.861-5, incumplió el contrato AMEL 011, suscrito entre éste y TECA INGENIERIA SAS… Que se ORDENE la RESOLUCIÓN del contrato AMEL 11, el cual tiene por objeto (…)”.
Así las cosas, se dispone ordenar por secretaría realizar el reparto en debida forma, atendiendo que se trata del reparto de sentencia de un proceso declarativo de incumplimiento de contrato y no, de un ejecutivo; por secretaría procédase de conformidad dejándose las anotaciones a que haya lugar en el reparto. CÚMPLASE, (Firma electrónica) ORLANDO TELLO HERNÁNDEZ Magistrado Firmado Por: Orlando Tello Hernandez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Civil Familia Tribunal Superior De Cundinamarca - Cundinamarca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1b3ba3f2cca43d5187d152c996d8a3a82acf81a0015369bb333e8b91d86fb7c3 Documento generado en 29/07/2024 02:53:57 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica