Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 2024-0849-AutoRequiere

Sala: SALA LABORAL

Constancia secretarial. Pasa al despacho solicitud radicada por la parte demandante, en la cual solicita la terminación del proceso por carencia de objeto, argumentando que la demandada, Porvenir S.A., certificó el traslado del fondo de pensión a Colpensiones. Bucaramanga, 25 de febrero de 2025. Carlos Arturo Gelves Claros. Profesional Especializado.

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA LABORAL MAGISTRADO PONENTE: EBERTH DAWRIN MENDOZA PALACIOS Bucaramanga, veintisiete (27) de febrero de dos mil veinticinco (2025) REF: PROCESO ORDINARIO LABORAL PROMOVIDO POR ROSA MARÍA ARCINIEGAS JAIMES CONTRA PORVENIR S.A. Y COLPENSIONES. Rad: 68.001.31.005.007.2023.00058.01 N° interno Tribunal: 849-2024 Se profiere el siguiente;

AUTO: Ahora bien, del examen efectuado al expediente digital de segunda instancia se desprende que la demandante, Rosa María Arciniegas Jaimes, actuando a través de apoderada judicial, ha formulado solicitud de terminación del proceso por carencia actual de objeto o pretensión, aduciendo que la demandada, Porvenir S.A., ha expedido certificación de traslado a Colpensiones.

Empero, con anterioridad a la tramitación de la referida petición, resulta imperativo requerir a la parte demandante para que dilucide si la solicitud presentada se refiere algunas de las formas de terminación anormal del proceso o al desistimiento de las pretensiones contenidas en la demanda, en estricto apego a lo dispuesto en el artículo 314 del Código General del Proceso, en aplicación analógica de lo preceptuado en el artículo 145 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social."

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 79f7fd6f5248f0f566dc0b75de93e33d1349450f194ca0e7cc54c857ca228b6f Documento generado en 27/02/2025 11:07:47 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica