Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Tribunal Superior Distrito Judicial San Gil – Santander TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL – FAMILIA - LABORAL SAN GIL – SANTANDER San Gil, dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Magistrado Ponente: DR. CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ PROCESO: PROVIDENCIA DEMANDANTE: DEMANDADO: JUZGADO ORIGEN: RADICACIÓN: VERBAL DE EXTRACONTRACTUAL AUTO ADMITE RESPONSABILIDAD CIVIL - RAMIRO GARCÍA RANGEL en representación de sus hijas D.G.T. y J.G.T. - NERY JIREH LÓPEZ TRUJILLO - JHONNATA EDUARDO RODRÍGUEZ CHIRINOS - DIDIER JAVIER PICO RAMÍREZ - JOSÉ MANUEL PICO RAMÍREZ DE JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOCORRO, SANTANDER. 68-755-31-03-001-2023-00139-01 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se ADMITE en el efecto suspensivo, la apelación formulada por la apoderada judicial de la parte demandante -Ramiro García Rangel en representación de sus hijas D.G.T. y J.G.T. y;
Nery Jireh López Trujillo - y de la parte demandada -Jhonnata Eduardo Rodríguez Chirinos, Didier Javier Pico Ramírez y José Manuel Pico Ramírez-; contra la sentencia de fecha veintinueve (29) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Socorro, Santander, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, los apelantes deberán sustentar POR ESCRITO el recurso, a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, documento que deberá ser allegado al correo electrónico seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co, iniciando el traslado con la parte demandante.
Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término a la parte demandada, también apelante, para que igualmente sustente su recurso POR ESCRITO que deberá ser allegado a la dirección electrónica ut supra. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para sí es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ Magistrado Ponente Firmado Por: Carlos Villamizar Súarez Magistrado Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0d4d3be4da8a25f00aa018d4576d9e1c214ec1322909fe8dcabe57b99af8e9f8 Documento generado en 18/12/2024 04:51:41 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica