Micelio

auto — Tribunal Superior de Sincelejo

Radicado: Auto 700013105003-2022-00171-01 Obedezcase y Cumplase

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO SALA CIVIL- FAMILIA- LABORAL Magistrado Ponente: Holguer Abundio Torres Mantilla Sincelejo, trece (13) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Demandante Demandado Procedente Radicado: Juan Diego Betancur Ochoa.: Colpensiones y Porvenir S.A.: Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Sincelejo, Sucre: 700013105003-2022-00171-01 Visto el informe secretarial que antecede, da cuenta el despacho que el proceso de la referencia fue devuelto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que mediante providencia del 26 de noviembre de 2025, declaró BIEN DENEGADO el recurso de casación interpuesto contra la sentencia proferida el 14 de febrero de 2025 por esta Corporación. Por lo anterior, se DISPONE: OBEDECER Y CUMPLIR lo resuelto por el superior.

En su debida oportunidad, devuélvase el expediente al juzgado de origen.

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA Magistrado Firmado Por: Holguer Abundio Torres Mantilla Magistrado Sala 001 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 86d050ee7751220af0ce221cc9dfbc2f7dd8e572643344e266444887a0fae0ff Documento generado en 13/02/2026 04:44:05 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica