R.I 16782 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., trece (13) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Rad. 11001310303920230014101 Teniendo en cuenta el memorial allegado por el apoderado judicial de la parte demandada1, y en uso de la facultad prevista en el inciso tercero del canon 287 del Estatuto Procesal y en concordancia con lo reglado en el artículo 118 ibídem, advierte el despacho que el proveído del 24 de junio de 2025 en el que se admitió el remedio vertical que interpuso “la sociedad demandante Villas de Luz S.A.S.”, por un error involuntario, no se profirió un pronunciamiento respecto del recurso que presentó el demandado HDI Seguros Colombia S.A., el cual fue igualmente formulado dentro del término legal.
Conforme a lo anterior el despacho resuelve:
PRIMERO: MODIFICAR el numeral uno del proveído del 24 de junio de 20252, el que quedará así: “PRIMERO: ADMITIR, en el efecto suspensivo, los recursos de apelación interpuestos por la sociedad demandante Villas de Luz S.A.S. y el demandado HDI Seguros Colombia S.A., contra la sentencia proferida el 15 de mayo de 2025 por el Juzgado Treinta y Nueve Civil del Circuito de Bogotá.”
SEGUNDO: MANTENER incólumes los numerales segundo al quinto del referido auto, y en virtud de ello, se entenderá surtido el traslado para la sustentación del recurso en los términos fijados en dicho proveído, los que empezaran a correr a partir de la notificación de la presente providencia. 1 2 Ubicación “SegundaInstancia”” archivo “007SolicitudComplementarAuto” Ubicación “02ApelacionSentencia” archivo “005 Admite apelación sentencia” R.I 16782 TERCERO: Por intermedio de la Secretaría, procédase a dar cumplimiento a lo dispuesto en los numerales cuarto y quinto del citado auto, en lo atinente al trámite del recurso de apelación, conforme a los términos y condiciones allí señalados.
Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH (11001313103920230014101) Magistrada Firmado Por: Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bd6b4dff1dba29050fbab1bffc3aeef9c61d9c1fc0e688acd395ef57172ce3a9 Documento generado en 13/08/2025 05:30:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica