Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: MJRM SIUGJ AutoAdmision110013105031202300438-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado: 11001310503120230043801 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandado Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Apelación de Sentencia Auto Ordinario Fabian Andrés Bustos Silva y Ericson Danilo Osorio Morales Aerovias del Continente Americano S.A. Avianca 11001310503120230043801 Juzgado Treinta y uno Laboral del Circuito de Bogotá D.C. Admisión recurso y corre traslado para alegar Admite recurso y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué Tolima, veintiocho (28) de abril del dos mil veintiséis (2026) De conformidad con el artículo 66 del CPT y de la SS, es procedente admitir el recurso de apelación interpuesto por ambas partes, contra la sentencia proferida el nueve (09) de abril de dos mil veinticinco (2025) por el Juzgado Treinta y uno Laboral del Circuito de Bogotá D.C. Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone correr traslado a las partes para presentar alegatos de conclusión. Se concede el término de 5 días a la parte demandante para presentar sus alegatos, y a continuación, para los mismos términos, se le otorgan 5 días a la parte demandada.

Se advierte a las partes que los alegatos de conclusión deberán ser radicados a través del SIUGJ. Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria,

RESUELVE

Radicado: 11001310503120230043801 PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación presentado por ambas partes contra la providencia del nueve (09) de abril del año dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Treinta y uno Laboral del Circuito de Bogotá D.C.

SEGUNDO: CORRER traslado a las partes para presentar sus alegatos de conclusión. El término para las alegaciones se computará así: 5 días para la parte demandante y posteriormente 5 días para la parte demandada. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5fa2ce0bd5843d9a81150d63cad689af43b4e2694ae019f5ac12c92d5b81839a Documento generado en 28/04/2026 12:05:17 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica