Micelio

auto — Tribunal Superior de Santa Marta

Radicado: 2022.00188.02 AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SANTA MARTA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL – FAMILIA Magistrada Sustanciadora: Dra. MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Santa Marta, veintiuno (21) de marzo de dos mil veinticinco (2025) ACCIÓN PUBLICIANA 47.001.31.53.005.2022.00188.02 En virtud de lo establecido en los Arts. 322 y 323 del C. G. del P., y el canon 12 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, admítase en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por el extremo activo frente a la sentencia dictada el 18 de diciembre de 2024, por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Santa Marta al interior del proceso de acción publiciana promovido por Juan De Dios Camargo Ramírez contra Juan Manuel Aguilar Echeverría. Se le advierte a la parte recurrente que, de conformidad con la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, deberá sustentar el recurso formulado a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de esta providencia. De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días.

Si no se sustenta oportunamente la alzada, se declarará desierta.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Magistrada Firmado Por: Marta Isabel Mercado Rodriguez Magistrada Sala Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2a71aa9446213a57e228ad42e1a27e9d72ab8f89441b79a5380c25253bdbbd81 Documento generado en 21/03/2025 05:11:17 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica