Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310300820180005902 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, siete (7) de noviembre de dos mil veinticinco (2.025). Radicado: Proceso: Demandante: Demandados: 05001 31 03 008 2018 00059 01 Ejecutivo. COOCREAFAM. ALEXANDER CASTAÑEDA GARCIA, y otros. Surtido el examen preliminar y en el efecto concedido (DEVOLUTIVO), se ADMITE el recurso de apelación formulado por el CODEMANDADO ALEXANDER CASTAÑEDA GARCIA, contra la sentencia calendada el cinco (5) de febrero de dos mil veinticinco (2025), proferida por el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE MEDELLÍN. En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso niegue solicitud de pruebas, la recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada.

Si se cumple con la sustentación, de ella se correrá traslado a la parte DEMANDANTE y a los demás intervinientes procesales, por el término común para estos de cinco (5) días. Cumplido lo anterior realícese proyecto de sentencia escrita para ser sometida al estudio de la Sala de Decisión. Finalmente, por Secretaría se pondrá de presente al a quo la constancia que antecede, relacionada con el lapso transcurrido entre la expedición de la sentencia, la formulación de la alzada, y la remisión de lo pertinente al Tribunal.

Lo anterior para las medidas de Dirección que correspondan. Notifíquese. JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f6214e7a4f35d2c47deade4ad60f47ccf1216d157dc5942177c81d324b7e8021 Documento generado en 07/11/2025 11:39:03 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica