Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 028-2019-00716-03 DR VALENZUELA AUTO ADMITE RECURSO EN EFECTO SUSPENSIVO

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá, D.C., diez de junio de dos mil veinticinco. Radicado: 11001 31 03 028 2019 00716 03 Se admiten, en el efecto SUSPENSIVO, los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia proferida el 4 de abril de 2025 por el Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogotá, dentro del incidente de liquidación de perjuicios promovido por Jorge Enrique y Carmen Constanza Chaves Zamudio contra AR Construcciones S.A.S.1 Cabe advertir que, de conformidad con lo establecido en la Ley 2213 de 2022, los apelantes cuentan con el término de cinco (5) días, a partir de la ejecutoria del admisorio, para sustentar en esta instancia los precisos reparos en los que fundamentaron sus recursos de apelación, frente a lo cual su contraparte tiene cinco (5) días para la réplica.

Además, téngase en cuenta que la no sustentación de la alzada en esta instancia impone declararla desierta según el artículo 12 de la referida normatividad, pues a lo dicho en primera instancia no se le puede dar la connotación de la sustentación de los reparos que solo puede y debe hacerse ante el superior, sin perjuicio de que el apelante acuda al Tribunal por escrito a dar alcance y desarrollo argumental a lo manifestado en primera instancia.

NOTIFÍQUESE El Magistrado, GERMÁN VALENZUELA VALBUENA 11001 31 03 028 2019 00716 03 Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil 1 Actuación tramitada al interior del ejecutivo de AR Construcciones S.A.S. contra Jorge Enrique y Carmen Constanza Chaves Zamudio, y que se resolvió mediante sentencia. Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 727952ae8d3a30f3b890be07e21c799c82e48841bb2793791c1a02c4846e3f39 Documento generado en 10/06/2025 03:37:43 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica