Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 76.851AutoAdmiteApelaciónAuto (1)

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Deisy María Diazgranados Insignares

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla Sala Dos de Decisión Laboral 08-758-3108-758-31-12-001-2008-00126-02 Radicación interna: 76.851 Ejecutante: Ana Victoria Manjarres Cardenas Ejecutada: Administradora de Fondo de Pensiones y Cesantías Protección S.A. Clase de proceso: Ejecutivo a continuación Magistrada ponente:Dra Deisy María Diazgranados Insignares Barranquilla, veintisiete (27) de octubre del año dos mil veinticinco (2025) Revisado el proceso de la referencia, se observa que la parte ejecutante ANA VICTORIA MANJARRES CARDENAS, interpuso recurso de apelación contra el auto de fecha 8 de mayo de 2024, proferido por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Soledad, por medio del cual Se modificó la liquidación del crédito presentada por la parte ejecutante y en su lugar, se fijó como valor actual de la ejecución hasta octubre 31 de 2023 la suma de $282.058.824,6.

Providencia que se torna apelable al tenor de lo establecido en el artículo 65 del C.P.T.S.S., modificado por el artículo 29 de la Ley 712 de 2001, en consecuencia, se admitirá el mismo en el efecto suspensivo. De otro lado, es del caso dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, en el sentido de correr traslado a las partes para que presenten por escrito sus alegatos, contando cada una de ellas con un término de 5 días para tal efecto, los que correrán de manera conjunta entre aquellas.

A su vez, se conmina a las partes a estar atentos a las actuaciones proferidas por esta Corporación, como quiera que no se anunciará fecha exacta en que se proferirá la decisión. Finalmente, se le hace saber a los interesados que las piezas procesales remitidas a esta Corporación, así como las actuaciones que se vayan generando podrán ser consultadas en la plataforma TYBA bajo el radicado único de su proceso, el que en esta oportunidad culmina con el consecutivo 02.

Por lo anteriormente expuesto, se RESUELVE 1° ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutante ANA VICTORIA MANJARRES CARDENAS contra el auto de fecha 8 de mayo de 2024, proferido por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Dirección: carrera 45 N 44-12 www.ramajudicial.gov.co Correo Electrónico: des09sltribsupbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico - Colombia Soledad, por medio del cual se modificó la liquidación del crédito presentada por la parte ejecutante. 2° CORRER traslado a las partes para que presenten sus alegatos por escrito por el término de cinco (5) días. 3° CONMINAR a las partes a estar atentos a las actuaciones proferidas por esta Corporación. 4° HACER saber a los interesados que las piezas procesales remitidas a esta Corporación y las actuaciones que se vayan generando podrán ser consultadas en la plataforma TYBA bajo el radicado único de su proceso, el que en esta oportunidad culmina con el consecutivo 01.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE DEISY MARÍA DIAZGRANADOS INSIGNARES Magistrada Firmado Por: Deisy Maria Diazgranados Insignares Magistrada Sala Despacho 009 Decisión Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 74a05753dc101192518521081a3c630f2c05153289fde0bd84300b561b90d7b0 Documento generado en 27/10/2025 01:48:42 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Dirección: carrera 45 N 44-12 www.ramajudicial.gov.co Correo Electrónico: des09sltribsupbquilla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico - Colombia