. Bogotá, D.C., treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025) En virtud de la condena en costas a la demandante, se fijan como agencias en derecho la suma de 2 S.L.M.M.V., de acuerdo con el numeral 1 del artículo 5 del Acuerdo PSAA16-10554 CUMPLASE, R.A.B. 11001310300820240040201 Radicado Interno: 6657
auto — Tribunal Superior de Bogotá
Radicado: 008-2024-00402-01 DR ACOSTA AUTO FIJA AGENCIAS EN DERECHO
Sala: SALA CIVIL