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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 019-2014-00075-02 DRA. ADRIANA SAAVEDERA LOZADA - AUTO ADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada Ponente Bogotá D.C., veintiocho (28) de junio de dos mil veinticuatro (2024) (Rad n° 1100131030-19-2014-00075-02) Se admite en el efecto suspensivo1 el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado 19 Civil del Circuito de Bogotá el cinco (5) de junio de 2024.

Conforme el artículo 12 de la ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto córrase traslado a la parte apelante por el término de cinco (05) días, para que sustente el recurso o manifieste si la sustentación corresponde al escrito presentado ante el A quo, so pena de declararlo desierto si guarda silencio. Si el apelante allega escrito o manifiesta atenerse a los reparos presentados ante la primera instancia descórrase el mismo a las demás partes por idéntico término, de lo contrario ingrese el expediente al Despacho.

En uso de la prerrogativa del artículo 121 del CGP, debido a la alta carga laboral y para precaver la pérdida automática de competencia, se prorroga el término para decidir la instancia por seis (6) meses más, contados a partir del vencimiento2.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada ASL/GDC 1 2 Artículo 323 del CGP. Teniendo en cuenta que la radicación en el Tribunal es del 25 de junio de 2024. Firmado Por: Adriana Saavedra Lozada Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f576836d623d0653c8e13fda7433098321a762c683fe4e4979b8d009172556d0 Documento generado en 28/06/2024 01:06:54 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Exp. 33-2015-00410-02