TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, primero (1º) de julio de dos mil veinticinco (2.025). Ref. Exp. 05001 31 03 018 2021 00432 01 Proceso: Demandante: Demandados: Extracto: Pertenencia. YADIRA ARIAS MAZO. MARÍA GRACIELA CANO DE ESPINAL y otros. Admite apelación. Surtido el examen preliminar, se ADMITE en el efecto concedido (SUSPENSIVO), el recurso de apelación formulado por la parte DEMANDANTE, contra la sentencia de primera instancia calendada el día diez (10) de junio de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Dieciocho Civil del Circuito de Oralidad de Medellín. En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso niegue solicitud de pruebas, el recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada.
Si se cumple con la sustentación, de ella se correrá traslado por el término de cinco (5) días a los DEMANDADOS para que se pronuncien sobre aquella. Cumplido lo anterior se realizará proyecto para ser sometido al estudio de la Sala de Decisión. Notifíquese. JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7c9d438d794c4762f4082dbd7659d509d2a73f670d0a670259cbfc3eb9207ad4 Documento generado en 01/07/2025 01:04:12 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica