Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 03. 41001-31-10-003-2014-00093-03 AutoObedeceSuperior Dr Gilma

Ponente: Gilma Leticia Parada Pulido

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL MAGISTRADA SUSTANCIADORA: GILMA LETICIA PARADA PULIDO Neiva (H), diecinueve (19) de junio de dos mil veinticuatro (2024) RAD: 41001-31-10-003-2014-00093-03. PROCESO DECLARATIVO DE UNIÓN MARITAL DE HECHO DE LUZ STELLA BOBADILLA CARVAJAL CONTRA ALEJANDRO GARCÍA CARDONA, MARIO GARCÍA CARDONA, JORGE HUMBERTO GARCÍA CARDONA, AIDA PATRICIA GARCÍA CARDONA, MARÍA AMPARO GARCÍA CARDONA Y LUZ MERY GARCÍA MANJARRÉS Y LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE MARIO GARCÍA FLÓREZ.

Previo a resolver lo que en derecho corresponda, resulta necesario precisar que el expediente de la referencia pasó a este despacho hoy, 19 de junio de 2024, conforme a la constancia secretarial que reposa en el expediente: “Neiva (H), 19 de junio de 2024. El día de hoy pasa al despacho de la Magistrada Sustanciadora Doctora GILMA LETICIA PARADA PULIDO el proceso de Unión Marital de Hecho y Sociedad Patrimonial enviado a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema Justicia el día 31 de agosto de 2021, devuelto y recepcionado en esta Secretaria el día 09 de febrero de 2022, con decisión de declarar desierto el recurso de casación. Que por error involuntario se omitió en dicho momento pasar al Despacho de la Magistrada Sustanciadora”.

Así las cosas, se EXHORTA al doctor Jimmy Acevedo Barrero, en condición de Secretario de la Sala Civil Familia Laboral del Distrito Judicial de Neiva, para que verifique lo ocurrido y adopte las medidas o correctivos con el propósito de evitar a futuro situaciones como la que hoy se presenta, para lo cual deberá tomar las determinaciones a que haya lugar y hacer el seguimiento de las funciones de la persona que tiene a cargo dicha labor.

Para efectos de continuar con el trámite a que haya lugar, obedézcase y cúmplase a lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de Justicia- Sala de Casación Civil, en auto calendado el veintiocho (28) de enero de dos mil veintidós (2022), mediante el cual declaró desierto el recurso de casación interpuesto por LUZ STELLA BOBADILLA CARVAJAL contra la sentencia proferida el 19 de agosto de 2020 por esta Corporación. Ejecutoriado el presente asunto, devuélvase el expediente a Juzgado de origen.

NOTIFÍQUESE GILMA LETICIA PARADA PULIDO Magistrada Firmado Por: Gilma Leticia Parada Pulido Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 14e5751bf0fba5c8fe525ab6436efecccfd3143a3898410f5e18c9a76a894690 Documento generado en 19/06/2024 04:15:27 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica