TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada Ponente Bogotá D.C., veintisiete (27) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) (Rad n° 110013103-020-2022-00099-01) Se admite en el efecto suspensivo1 el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de los demandantes, contra la sentencia proferida por el Juzgado Veinte Civil del Circuito de Bogotá el 2 de agosto de 2024.
Conforme el artículo 12 de la ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto córrase traslado a la parte apelante por el término de cinco (05) días, para que sustente el recurso o manifieste expresamente que la sustentación corresponde al escrito presentado ante el A quo, so pena de declararlo desierto si guarda silencio. Si el apelante allega escrito o manifiesta atenerse a los reparos presentados ante la primera instancia descórrase el mismo a las demás partes por idéntico término, de lo contrario ingrese el expediente al Despacho.
En uso de la prerrogativa del artículo 121 del C. G. del P, debido a la alta carga laboral y para precaver la pérdida automática de competencia, se prorroga el término para decidir la instancia por seis (6) meses más, contados a partir del vencimiento2.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada ASL/JEAR 1 Artículo 323 del CGP. 2 Teniendo en cuenta que la radicación en el Tribunal es del 15 de agosto de 2024. 1 Verbal No. 11001310302220220009901 Paola Estefany Gracia Marín en nombre propio y en representación de sus hijos J. M. Álvarez Gracia y S. N. Moreno Gracia, contra Iván Leonardo Cruz Moreno y Otros Admite recurso Firmado Por: Adriana Saavedra Lozada Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 43373e4e2ef92b758cea9711924d4fa35810be6642bb8d1a0859742ac020c749 Documento generado en 27/08/2024 03:09:14 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica