REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA SEGUNDA LABORAL Magistrado Ponente CARLOS ALBERTO QUANT ARÉVALO JUNIO, DIECISIETE (17) DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024) RAD: 47-001-31-05-001-2021-00081-01 DEMANDANTE: JORGE ELIECER SERRANO LEON DEMANDADO: TIMON S.A., TALENTUM TEMPORAL SERVIENTREGA S.A. ASUNTO: APELACIÓN DE SENTENCIA S.A.S. y Procede el Despacho a decidir acerca de la admisibilidad del recurso de apelación presentado por el apoderado judicial de la parte demandante, JORGE ELIECER SERRANO LEÓN, y los apoderados judiciales de las partes demandadas, TIMÓN S.A., TALENTUM TEMPORAL S.A.S. y SERVIENTREGA S.A., contra la sentencia de primera instancia de fecha 15 de febrero de 2024, proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Santa Marta.
Ahora bien, observa esta Magistratura que, el recurso de apelación presentado por el apoderado judicial de la parte demandante, JORGE ELIECER SERRANO LEÓN, y los apoderados judiciales de las partes demandadas, TIMÓN S.A., TALENTUM TEMPORAL S.A.S. y SERVIENTREGA S.A., fue interpuesto oralmente, y concedido en estrados por el Juez de primera instancia, el cual ordenó la remisión del expediente al Tribunal Superior de Santa Marta – Sala Laboral, correspondiéndonos por reparto su estudio.
En consecuencia, por ser la Sala Laboral de este Tribunal el competente para conocer de los recursos de apelaciones presentados contra las sentencias de primera instancia, proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Santa Marta, este Despacho considera procedente los recursos y en armonía con el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, ordenará su admisión. Por lo expuesto, se
RESUELVE
1. ADMITASE, el recurso de apelación presentado por el apoderado judicial de la parte demandante, JORGE ELIECER SERRANO LEÓN, y los apoderados judiciales de las partes demandadas, TIMÓN S.A., TALENTUM TEMPORAL S.A.S. y SERVIENTREGA S.A., contra la sentencia proferida el día 15 de febrero de 2024, por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Santa Marta. 2.
Ejecutoriado este auto, pásese al Despacho para ordenar correr el traslado respectivo a las partes para alegar.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. CARLOS ALBERTO QUANT ARÉVALO Magistrado Rad. 47-001-31-05-001-2021-00081-01