REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL SANTA ROSA DE VITERBO SALA ÚNICA Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación Ley 1128 de 2007 RADICACIÓN: PROCESO: ORIGEN: PROVIDENCIA: RECURRENTE: DECISIÓN: M. SUSTANCIADOR 156932208004202300227 00 RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SOCOTÁ DESIGNA CURADOR MARIA WILLIAM CONGUTA ZARATE Y OTRA PROVIDENCIA DEL 30 DE JULIO DE 2021 JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL Sala Unitaria de Decisión Santa Rosa de Viterbo, lunes, veintiuno (21) de julio de dos mil veinticinco (2025) Atendiendo al informe secretarial que precede por medio del cual se ingresa el presente trámite extraordinario al despacho, en el que informó que realizó el emplazamiento en el Registro Nacional de Personas Emplazadas de los herederos indeterminados de José Isaías Riaño Leal, Eva María Riaño Leal y de Segundo Oliverio Riaño Leal, tal como lo dispone el artículo 10 de la ley 2213 de 2022, esto es, por el término de 15 días, los que ya fenecieron, se procederá a designar curador ad litem.
Así las cosas, se dispone: 1. Designar a la abogada Aleyda Pilar Yomayusa Prieto como curadora ad litem de los herederos indeterminados de herederos indeterminados de José Isaías Riaño Leal, Eva María Riaño Leal y de Segundo Oliverio Riaño Leal. Por Secretaría de la Sala, líbrese la comunicación respectiva con la advertencia que el nombramiento es de forzosa aceptación so pena de las sanciones a las que haya lugar, conforme al artículo 48 del C.G.P. 2.
Correr traslado de la demanda al curador ad litem por el término de cinco (5) días. Notifíquese y cúmplase, JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL Magistrado Sustanciador 1