Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2021-00134-01 SIUGJ

Sala: SALA LABORAL

Radicado No.: 11001-31-05-007-2021-00134-01 Asunto: Proceso ordinario laboral – Apelación sentencia Demandante: Diana Marcela Camelo Hernández Demandado: Fondo Nacional del Ahorro y otros REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Demandante: Demandado: Despacho de origen: Asunto: 11001-31-05-007-2021-00134-01 Diana Marcela Camelo Hernández Fondo Nacional del Ahorro, Sociedad Seviola S.AS., y Sociedad Servicios y Asesorías S.A.S Tribunal Superior de Bogotá -Sala Laboral M.P. Lucy Stella Vásquez Sarmiento Ordinario laboral -Apelación sentencia Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué, dieciocho (18) de marzo de dos mil veintiséis (2026).

De conformidad con lo establecido en los acuerdos PCSJA25-12362 del 12 de diciembre de 2025 y CSJBTA26-3 de 21 de enero de 2026, proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura, se dispone avocar conocimiento del presente proceso, procediéndose a admitir el recurso de apelación presentado por las apoderadas de las demandadas Sociedad Seviola S.AS., Sociedad Servicios y Asesorías S.A.S y Fondo Nacional del Ahorro contra la sentencia proferida el 26 de septiembre de 2024, emitida por el Juzgado 7° Laboral del Circuito de Bogotá D.C. De acuerdo con lo previsto en la Ley 2213 de 13 de junio de 2022, artículo 13, numeral 2, se corre traslado para alegar por escrito por el término de cinco (5) días para la parte apelante, vencidos los cuales, empieza a correr el término de traslado por cinco (5) días para el no recurrente.

Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8e823b7f2b1fd0efe7a884e4ebfd15ccf8c3a398e9f9e2190ce7d79b7a3e810d Documento generado en 18/03/2026 07:12:47 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica