Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 010-2019-00362-01 DR. JAIME CHAVARO MAHECHA - AUTO ODENA DEVOLVER EXPEDIENTE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., veintiuno (21) de junio de dos mil veinticuatro (2024) PROCESO DEMANDANTE DEMANDADA RADICADO INSTANCIA DECISIÓN Expropiación ANI María Camila Carvajal Londoño 110013103 010 2019 00362 01 Segunda – apelación sentencia Ordena devolver expediente Sería del caso resolver sobre la admisión del recurso de apelación formulado contra la sentencia proferida el 10 de octubre de 2023 por el Juzgado 10 Civil del Circuito, de no ser porque no se dan los presupuestos para ello, tal como pasa a exponerse.

De los archivos “59AllegaApelacionSentencia” y “54RecrusoDeApelaciòn”, se desprende que tanto demandante como demandado, propusieron alzada en contra de la decisión de instancia; sin embargo, en auto de 20 de mayo de 20241, únicamente se efectuó pronunciamiento respecto del recurso interpuesto por la parte demandada. Así las cosas, se ordena devolver el expediente al juzgado de conocimiento para que se pronuncie sobre el recurso de apelación formulado por el extremo actor; o, en su caso, se agregará al expediente digital alguna pieza procesal faltante.

De todas maneras, se tendrá en cuenta el artículo 323 # 3 inc. 2 del Código General del Proceso, para los fines de conceder la apelación. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Archivo 62AutoConcedeApelaciòn. PrimeraInstancia 1 Subcarpeta 01C01Principal. Carpeta Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f2832bc4dcfd014b5f98c6df8a2625ab2c3b34e78ab6230e6b56d4801902c323 Documento generado en 21/06/2024 01:46:10 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica