1 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA FIJA No. 2 DE DECISIÓN LABORAL Cartagena, veintinueve (29) de julio del año dos mil veinticuatro (2024) MAGISTRADA PONENTE: Dra. MARGARITA MÁRQUEZ DE VIVERO Proceso: Ordinario Laboral Demandante: HERIBERTO NUÑEZ VILLARREAL Demandado: COOPERATIVA INTEGRAL DE TRANSPORTE DE MAGANGUÉ - COOTRAIMAG Fecha de Fallo Apelado: 18 de abril de 2022 Procedencia: Juzgado Segundo Civil del Circuito de Magangué. Radicación: 13001310500620180020901 VISTOS Procede la Sala a decidir si concede o no el recurso de casación que interpuso el apoderado judicial de la parte demandad contra la sentencia proferida por esta Sala el día 1° de marzo de 2024, dentro del proceso ordinario laboral de la referencia. Introducida en tiempo la reclamación, se pasa a examinar su viabilidad, según las siguientes: C O N S I D E R A CI O N E S De acuerdo con el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social reformado por el artículo 43 de la Ley 712 del año 2001, el recurso de casación procede contra las sentencias de segunda instancia cuando el interés para recurrir exceda el monto de 120 salarios mínimos legales mensuales.
El interés para recurrir en casación para el demandante se determina por el valor de las pretensiones que le fueren denegadas en el fallo de segunda instancia y para el demandado por el monto de las condenas impuestas a éste. En el caso bajo estudio, el Juez A-quo concedió las pretensiones de la demanda, disponiendo lo siguiente: Rad. 13001310500420190047001 2 Dicha providencia fue objeto de apelación ante este tribunal, por lo que mediante sentencia del día 1° de marzo de 2024 se resolvió lo siguiente: En esa medida, teniendo en cuenta que el interés para recurrir en casación para el demandante se determina por el valor de las de las pretensiones que le fueren denegadas en el fallo de segunda instancia, se tiene que la estimación de la condena asciende a $169.531.394, monto que supera los 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($156.000.000), motivo por el cual se concederá el recurso de casación interpuesto.
Lo anterior, según la siguiente gráfica: LIQUIDACIÓN PRESTACIONES Y VACACIONES CESANTÍAS $ INTERESES S/ CESANTÍAS $ PRIMAS DE SERVICIO $ VACACIONES $ TOTAL PRESTACIONES Y VACACIONES $ Rad. 13001310500420190047001 10.450.886 190.562 1.206.850 1.036.847 12.885.145 3 RESUMEN DE LA LIQUIDACIÓN TOTAL AUXILIO DE TRANSPORTE TOTAL LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES Y VACACIONES TOTAL INDEMNIZACIÓN ART 65 CST TOTAL INDEMNIZACIÓN ART 99 LEY 50 DE 1990 VALOR TOTAL DEL RECURSO _COOTRAIMAG $ $ $ $ $ 1.153.962 12.885.145 20.866.872 134.625.415 169.531.394 En mérito de lo anteriormente expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, Sala de Decisión Laboral Fija No 2, RESUELVE 1° CONCEDER el recurso de casación solicitado por la parte demandante, según las motivaciones del presente auto. 2° Una vez ejecutoriado el presente auto, envíese el expediente a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia para su trámite.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LAS MAGISTRADAS, FIRMAN ELECTRÓNICAMENTE MARGARITA MÁRQUEZ DE VIVERO Magistrada Ponente CATALINA RAMIREZ VILLANUEVA Magistrada Integrante Sala JOHNNESSY DEL CARMEN LARA MANJARRES Magistrada Integrante Sala Firmado Por: Margarita Isabel Marquez De Vivero Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Johnnessy Del Carmen Lara Manjarres Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Rad. 13001310500420190047001 Catalina Del Carmen Ramirez Villanueva Magistrada Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6bec5e1dc4e4ef404ebe339556b628aadb828a0406e8b5edf325d5577683d5a5 Documento generado en 29/07/2024 04:40:20 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica