TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL-FAMILIA BRIYIT ROCIO ACOSTA JARA Magistrada Sustanciadora Proceso Radicado Juzgado Radicado Tribunal Demandante Demandado Responsabilidad Medica 54001-31-53-007-2018-00043-00 2024-0169-00 Maria Del Carmen Solano Meneses Fundación Medico Preventiva Para El Bienestar Social S.A. Y Fundación Avanzar FOS San José de Cúcuta, cuatro (04) de junio de dos mil veinticuatro (2024) Procede este estrado a resolver sobre la admisibilidad del recurso de apelación formulado por la parte demandante contra la sentencia del 25 septiembre de 2023, proferida por el Juzgado Octavo Civil del Circuito de Cúcuta, Advirtiendo que el presente trámite fue recibido en este estrado judicial el 29 de mayo de 2024.
Teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 325 del C. G. del P., aunado a lo señalado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 y revisado el expediente, se observa que el recurso de apelación es procedente, fue presentado en tiempo, indicando cuales eran los reparos en contra de la sentencia objeto de inconformidad de manera breve, clara y concreta.
En virtud de lo anterior, y por reunir los requisitos formales, SE ADMITE en el efecto SUSPENSIVO el presente recurso de apelación, y, en consecuencia, por secretaría contabilícense los términos establecidos en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, norma que deberán observar estrictamente tanto el apelante como la contraparte. Advertir al recurrente que deberá sujetar su sustentación a desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de conocimiento.
NOTIFÍQUESE,