Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001 31 03 007 2023 00209 01 AdmiteApelacion

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, trece (13) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Procedimiento: Radicado: Demandante: Demandados: Providencia Decisión: Verbal- Rendición provocada de cuentas 05001 31 03 007 2023 00209 01 Ana Milena Valencia Duarte Luz Abriola Duarte Guisao Auto Admite recurso y corre traslado Se admite el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante frente a la sentencia de fecha 31 de julio de 2024, proferida por el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Medellín, en el asunto de la referencia. Conforme con lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 2213 de 2022, la apelante deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto.

De la sustentación presentada se correrá traslado sucesivo a la contraparte, por el término de cinco (5) días.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Radicado: 05001 31 03 007 2023 00209 01 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2bd3eb3180b1497e010dac8ec0a30656d11fdc414a4a1c600058b455d7a621ea Documento generado en 13/08/2024 03:04:41 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica