REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C. diecinueve (19) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 03 030 2023 00490 01. Tipo: Verbal restitución de tenencia. Demandante: Banco Davivienda S.A. Demandado Jhon Fredy Gutiérrez Gurrero.: Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Sería del caso conocer de la alzada concedida contra la sentencia del 17 de marzo de 20251 proferida por el Juzgado Treinta Civil del Circuito de esta ciudad, mediante la declaró la terminado el contrato de arrendamiento financiero leasing y ordenó la entrega del inmueble al demandado, pero revisada la actuación fustigada se impone su inadmisión, puesto que la causal invocada por la actora para solicitar la restitución del inmueble objeto del contrato de Leasing Habitacional No. 06000456000166752, fue exclusivamente la mora en el pago de los cánones de arrendamiento allí pactados.
Luego, conforme lo establece el numeral 9º del artículo 384 del Código General del Proceso, disposición aplicable por expresa remisión del canon 385 ibidem, el presente asunto se debe tramitar en única instancia. En mérito de lo expuesto, la suscrita magistrada de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D.C., 1 Cfr. PDF 017SentenciaPrimeraInstancia - 001PrimeraInstancia. Radicación: 11001 31 03 030 2023 00490 01 RESUELVE Primero: Declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la sentencia del 17 de marzo de 2025, proferida por el Juzgado Treinta Civil del Circuito de Bogotá. Segundo: Ejecutoriado lo aquí resuelto, devuélvanse las diligencias al Juzgado de origen, previas las anotaciones de rigor.
Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 769b2f7a6727481d88b3708560ad430fa880a650b317fc83ea12b6969da16fd1 Documento generado en 19/09/2025 04:33:18 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2