TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 379 Radicación No. 76-111-31-05-001-2022-00204-01 Guadalajara de Buga, nueve (09) de octubre de dos mil veinticuatro (2024). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante contra el auto interlocutorio N°508 del 10 de septiembre de 2024, mediante se declaró probada la excepción previa de inepta demanda por indebida acumulación de pretensiones, providencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Buga – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral promovido por WALTER SÁNCHEZ BARRERA contra MUNICIPIO DE GUADALAJARA DE BUGA Y OTRO.
Providencia susceptible del recurso de alzada de conformidad con lo dispuesto en el numeral tercero del artículo 65 del CPT y de la SS. Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c49fea3b035f0867ea13422e7c191912ea3d09290f84caa75998fcb6748a46b4 Documento generado en 09/10/2024 02:19:01 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica