Micelio

auto — Tribunal Superior de Santa Marta

Radicado: 2023-00073 AutoAdmite

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SANTA MARTA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL – FAMILIA Magistrada Sustanciadora: Dra. MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Santa Marta, veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticinco (2025) VERBAL 47.288.31.53.001.2023.00073.01 En virtud de lo establecido en los Arts. 322 y 323 del C. G. del P., y el canon 12 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, admítase en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por el extremo pasivo frente a la sentencia dictada el 9 de octubre de 2025, por el Juzgado Civil del Circuito de Fundación – Magdalena, al interior del proceso verbal de resolución de contrato de compraventa formulado por José Abelardo Marulanda Zapata contra Natividad Ortegón Buitrago.

Se le advierte a la parte recurrente que, de conformidad con la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, deberá sustentar el recurso formulado a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de esta providencia. De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días. Si no se sustenta oportunamente la alzada, se declarará desierta.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Magistrada Firmado Por: Marta Isabel Mercado Rodriguez Magistrada Sala Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: eaa60375f49cd4ab126ea8fa8fe856991dea487d8743840ba8b100e3a437149e Documento generado en 24/10/2025 02:51:12 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica